Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2025-2828)
BOP-2025-2828 EXTRACTO. Bases Reguladoras y Convocatoria para otorgar los Premios a los Mejores Expedientes Académicos del Curso Académico 2024/2025 de la Ciudad de Coria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El importe total de los premios será de 3.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria
32648101 de los Presupuestos Generales en vigor, quedando subordinado a la existencia de
crédito.
SÉPTIMA.- JURADO.
El Jurado estará compuesto por tres empleados/as municipales y un/a representante de cada
Centro educativo que imparta las enseñanzas de Bachillerato y Ciclo Formativo.
El Jurado podrá proponer que se declaren desiertos los premios si las personas solicitantes no
reúnen los requisitos exigidos en la Convocatoria.
OCTAVA - CRITERIOS DE VALORACIÓN.
Los expedientes académicos se valorarán en función de la mejor puntuación global obtenida en
la etapa que cursan, siempre que se supere la nota global de 9.
No podrán optar a los premios quienes hayan tenido algún apercibimiento disciplinario de los
centros educativos citados.
NOVENA.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA Y NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN.
Una vez evaluadas las solicitudes, por el órgano instructor se formulará la propuesta de
Resolución definitiva.
La Resolución se notificará a las personas propuestas como beneficiarias.
DÉCIMA.- MEDIOS DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN.
Las notificaciones se practicarán en el lugar y medio que se haga constar en la solicitud,
teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
UNDÉCIMA.- FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA.
La Resolución de otorgamiento de los premios agota la vía administrativa.
DUODÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en la Convocatoria conlleva la aceptación de las Bases. En
consecuencia, las personas participantes no podrán impugnarlas una vez finalizada la
presentación.
CVE:
BOP-2025-2828
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de junio de 2025
N.º 0105
Pág. 13420
32648101 de los Presupuestos Generales en vigor, quedando subordinado a la existencia de
crédito.
SÉPTIMA.- JURADO.
El Jurado estará compuesto por tres empleados/as municipales y un/a representante de cada
Centro educativo que imparta las enseñanzas de Bachillerato y Ciclo Formativo.
El Jurado podrá proponer que se declaren desiertos los premios si las personas solicitantes no
reúnen los requisitos exigidos en la Convocatoria.
OCTAVA - CRITERIOS DE VALORACIÓN.
Los expedientes académicos se valorarán en función de la mejor puntuación global obtenida en
la etapa que cursan, siempre que se supere la nota global de 9.
No podrán optar a los premios quienes hayan tenido algún apercibimiento disciplinario de los
centros educativos citados.
NOVENA.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA Y NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN.
Una vez evaluadas las solicitudes, por el órgano instructor se formulará la propuesta de
Resolución definitiva.
La Resolución se notificará a las personas propuestas como beneficiarias.
DÉCIMA.- MEDIOS DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN.
Las notificaciones se practicarán en el lugar y medio que se haga constar en la solicitud,
teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
UNDÉCIMA.- FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA.
La Resolución de otorgamiento de los premios agota la vía administrativa.
DUODÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en la Convocatoria conlleva la aceptación de las Bases. En
consecuencia, las personas participantes no podrán impugnarlas una vez finalizada la
presentación.
CVE:
BOP-2025-2828
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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