Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2025-2818)
BOP-2025-2818 Aprobación definitiva expediente modificación de créditos N.º 7/2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE BELVIS DE MONROY
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados
podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y
plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley
7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o Acuerdo impugnado.
En BELVIS DE MONROY (Cáceres), a fecha de la firma electrónica
El Alcalde –Presidente,
FDO. FERNANDO SANCHEZ CASTILLA.
Documento firmado electrónicamente al margen.
Cód.
Validación:
AWL22C34ELRRD4EEAMKK27E3J
Verificación:
https://belvisdemonroy.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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Jueves, 5 de junio de 2025
N.º 0105
Pág. 13370
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C/ Escuelas, s/n.
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Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados
podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y
plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley
7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o Acuerdo impugnado.
En BELVIS DE MONROY (Cáceres), a fecha de la firma electrónica
El Alcalde –Presidente,
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