Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2025-2730)
BOP-2025-2730 Acuerdo Plenario.
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Ayuntamiento de Trujillo
Municipal Socialista de este Excmo. Ayuntamiento de Trujillo, al amparo de lo
establecido por la ley 7 / 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local y los artículos 91.4 y 97.3 del Real Decreto 2568 / 1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, presenta para su debate y aprobación, si procede,
en el Pleno LA SIGUIENTE MOCIÓN:
ACUERDO MUNICIPAL PARA MODIFICAR EL CALENDARIO DE
CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES ORDINARIAS.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 46.2 a de la ley 7/85, del 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, establece que, el Pleno celebra sesión ordinaria como mínimo cada
vez en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes y en las
Diputaciones Provinciales; cada dos meses en los Ayuntamientos de los municipios
de una población de entre 5.001 habitantes y 20.000 habitantes; y cada tres en los
municipios de hasta 5.000 habitantes.
Aunque el Ayuntamiento de Trujillo le corresponde según este precepto la
celebración de un pleno ordinario cada dos meses, en la sesión de 04/07/2023 el
Pleno del Ayuntamiento acordó:
“Establecer que el Pleno del Ayuntamiento celebrará sesión ordinaria en el
Salón de sesiones de la Casa Consistorial, el primer miércoles de cada mes, a las
10:00 horas, en primera convocatoria, y dos días naturales después, a la misma
hora, en segunda convocatoria. En caso de coincidir con día festivo, será el día hábil
siguiente.
Tras casi dos años desde que se constituyó la actual corporación municipal,
hemos podido comprobar, en numerosas ocasiones (lo han podido comprobar
ustedes), las grandes dificultades que tienen algunos concejales que forman parte
de esta corporación para asistir en el horario previsto a la celebración de las
sesiones plenarias.
Con el objeto de favorecer la asistencia y el ejercicio pleno del derecho
fundamental de participación de todos los concejales, resulta preciso modificar el
calendario actual de sesiones ordinarias, ya que, como decíamos anteriormente, la
situación actual impide a un número relevante de miembros compatibilizar sus
actividades laborales y su labor representativa, vulnerando así el principio de
igualdad en el acceso y control de asuntos públicos.
Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza, 8, Trujillo. 10200 (Cáceres). Tfno. 927321050. Fax: 927659084
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Lunes, 2 de junio de 2025
N.º 0102
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