Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2025-2720)
BOP-2025-2720 Aprobación definitiva de las Bases para la concesión de Ayudas para Suministros Mínimos Vitales de las Unidades de Convivencia.
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correspondiente.
n) En caso de gastos de asistencia sanitaria o socio sanitaria no cubiertos por el Sistema
Sanitario Público, informe del personal facultativo o técnico especialista
correspondiente acreditativo de su necesidad, así como factura o presupuesto
acreditativo del concepto e importe. Además, en caso de desplazamientos en vehículo
particular, deberá hacerse constar en el informe social el origen y destino del
desplazamiento y la duración del tratamiento. Asimismo, en caso de alojamiento para
recibir tratamiento, deberá aportarse factura o presupuesto acreditativo del periodo e
importe del alojamiento.
o) En caso de solicitar la ayuda para gastos destinados a atender una carencia crítica,
documentación fehaciente acreditativa de los gastos o de la necesidad de su realización.
p) En caso de gastos de endeudamiento previo, factura/s o recibos acreditativos de los
mismos, emitidos por la persona física o jurídica, entidad o administración acreedora.
q) Otros documentos que puedan ser requeridos por el SSASB: justificante bancario del
préstamo hipotecario; contrato alquiler, recibos pagados y/o declaración del
propietario/a o cesionario/a de la vivienda… etc.).
La documentación a aportar deberá ser original o fotocopia (devolviéndose en este último
caso el original a su titular). La documentación que obre en poder de la Administración, no
deberá ser aportada por los solicitantes, incorporándose de oficio a sus correspondientes
solicitudes y expedientes.
OCTAVA. -FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA.
1.- Una vez recaída resolución favorable, el abono de la ayuda para suministros mínimos vitales
se realizará directamente a la entidad suministradora de la energía eléctrica, siempre que la
factura se encontrase impagada.
2-. En el supuesto que no existiera convenio marco con la empresa suministradora, y en todo
caso para el gas butano, la ayuda se abonará directamente al beneficiario, previa presentación
de la factura/s acreditativa/s del gasto.
10
Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
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Lunes, 2 de junio de 2025
N.º 0102
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