Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2025-2679)
BOP-2025-2679 Aprobación Plan Económico Financiero 2025-2026.
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
2º.- Analizada la situación económica del mismo, derivada de la liquidación del presupuesto
del ejercicio 2024, podemos afirmar que dicho Ayuntamiento incumple el principio de estabilidad
presupuestaria y la regla de gasto. Analizada la situación económica de la Corporación derivada de la
Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2024, podemos afirmar que todas las magnitudes
presupuestarias son claramente positivas.
3º.- Por lo que se refiere al incumplimiento de la estabilidad financiera y de la regla de gasto,
se produce debido al total de modificaciones presupuestarias a cargo del Capítulo VIII de Ingresos,
Remanente de Tesorería, tanto afectado como generales, por un total de 627.030,68 euros, como
créditos definitivos. Esto se traslada al Presupuesto de Gastos de la siguiente forma: Capítulo VI,
donde se produce el total del gasto asociada a modificaciones de crédito a cargo del Capítulo VIII de
Ingresos, por un total de 627.030,68 euros.
Queda, por tanto, acreditada la causa que origina el incumplimiento de la estabilidad
presupuestaria y del objetivo de regla del gasto en la liquidación correspondiente al ejercicio 2024 del
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo, siendo las modificaciones presupuestarias realizadas durante el
ejercicio 2024 a cargo del Capítulo VIII de ingresos (a cargo del Remanente de Tesorería, afectado, de
incorporación obligatoria, y para gastos generales).
4º.- Mediante la aprobación del presente PEF se adquiere el compromiso de no incumplir la
Estabilidad y la Regla de Gasto en los ejercicios 2025 y 2026, ejecutando por debajo del límite
máximo previsto en regla de gasto. De este modo el presente Plan Económico-Financiero consistirá en
el compromiso de no incumplir la Estabilidad y la Regla de Gasto en el ejercicio 2025 y 2026, y en
todo caso, si fuera necesario aprobar cualquier modificación de créditos, financiadas mediante la
disposición del Remanente de Tesorería obtenido en los ejercicios 2024 y 2025, supondrá que dicha
incorporación sumada a los créditos iniciales del ejercicio no superará el límite de gasto computable
definido para los ejercicios 2025 y 2026, así como el cumplimiento de la estabilidad presupuestaria.
Con la salvedad de la incorporación obligatoria del Remanente de Tesorería afectado).
5º.- El importe del límite de gasto computable correspondiente a los ejercicios 2025 y 2026 se
considera suficiente para hacer frente a los gastos estructurales de este ayuntamiento. Así, si
observamos el gasto computable correspondiente al ejercicio 2024 y el previsto para el 2025 y
previsto para 2026, se observa la siguiente evolución:
Denominación Ejercicio 2024 Previsión Ejercicio 2025 Previsión Ejercicio 2026
Gasto computable 785.181,31 € 810.307,11 € 476.840,85 €
6º.- En relación al contenido del Plan, el mismo recoge todos los requisitos a los que hace
referencia el artículo 21.2 de la Ley Orgánica, a excepción de lo contemplado en el apartado e) “Un
análisis de sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos”, por entender que dicho
análisis no es necesario debido a que los gastos e ingresos previstos no están sometidos a una
variación ni dependen para su realización de diferentes escenarios.
Se recogen igualmente las consideraciones realizadas por el artículo 9 de la Orden
OHAP2105/2012.
Por último, en relación al contenido adicional al que hace referencia el artículo 116.BIS de la
Ley 7/1985 “Contenido y seguimiento del plan económico-financiero”, este plan económico-
financiero no recoge las medidas en aquél establecidas, ya que éstas están encaminadas a liberar
recursos de forma que se cumplan los objetivos de estabilidad, regla de gasto y sostenibilidad
financiera cuando los incumplimientos vengan originados por desequilibrios estructurales graves y no
Cód.
Validación:
3Z5TFPAQX5M2XY4DYEX59GEAQ
Verificación:
https://cabanasdelcastillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
19
de
20
CVE:
BOP-2025-2679
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12776
2º.- Analizada la situación económica del mismo, derivada de la liquidación del presupuesto
del ejercicio 2024, podemos afirmar que dicho Ayuntamiento incumple el principio de estabilidad
presupuestaria y la regla de gasto. Analizada la situación económica de la Corporación derivada de la
Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2024, podemos afirmar que todas las magnitudes
presupuestarias son claramente positivas.
3º.- Por lo que se refiere al incumplimiento de la estabilidad financiera y de la regla de gasto,
se produce debido al total de modificaciones presupuestarias a cargo del Capítulo VIII de Ingresos,
Remanente de Tesorería, tanto afectado como generales, por un total de 627.030,68 euros, como
créditos definitivos. Esto se traslada al Presupuesto de Gastos de la siguiente forma: Capítulo VI,
donde se produce el total del gasto asociada a modificaciones de crédito a cargo del Capítulo VIII de
Ingresos, por un total de 627.030,68 euros.
Queda, por tanto, acreditada la causa que origina el incumplimiento de la estabilidad
presupuestaria y del objetivo de regla del gasto en la liquidación correspondiente al ejercicio 2024 del
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo, siendo las modificaciones presupuestarias realizadas durante el
ejercicio 2024 a cargo del Capítulo VIII de ingresos (a cargo del Remanente de Tesorería, afectado, de
incorporación obligatoria, y para gastos generales).
4º.- Mediante la aprobación del presente PEF se adquiere el compromiso de no incumplir la
Estabilidad y la Regla de Gasto en los ejercicios 2025 y 2026, ejecutando por debajo del límite
máximo previsto en regla de gasto. De este modo el presente Plan Económico-Financiero consistirá en
el compromiso de no incumplir la Estabilidad y la Regla de Gasto en el ejercicio 2025 y 2026, y en
todo caso, si fuera necesario aprobar cualquier modificación de créditos, financiadas mediante la
disposición del Remanente de Tesorería obtenido en los ejercicios 2024 y 2025, supondrá que dicha
incorporación sumada a los créditos iniciales del ejercicio no superará el límite de gasto computable
definido para los ejercicios 2025 y 2026, así como el cumplimiento de la estabilidad presupuestaria.
Con la salvedad de la incorporación obligatoria del Remanente de Tesorería afectado).
5º.- El importe del límite de gasto computable correspondiente a los ejercicios 2025 y 2026 se
considera suficiente para hacer frente a los gastos estructurales de este ayuntamiento. Así, si
observamos el gasto computable correspondiente al ejercicio 2024 y el previsto para el 2025 y
previsto para 2026, se observa la siguiente evolución:
Denominación Ejercicio 2024 Previsión Ejercicio 2025 Previsión Ejercicio 2026
Gasto computable 785.181,31 € 810.307,11 € 476.840,85 €
6º.- En relación al contenido del Plan, el mismo recoge todos los requisitos a los que hace
referencia el artículo 21.2 de la Ley Orgánica, a excepción de lo contemplado en el apartado e) “Un
análisis de sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos”, por entender que dicho
análisis no es necesario debido a que los gastos e ingresos previstos no están sometidos a una
variación ni dependen para su realización de diferentes escenarios.
Se recogen igualmente las consideraciones realizadas por el artículo 9 de la Orden
OHAP2105/2012.
Por último, en relación al contenido adicional al que hace referencia el artículo 116.BIS de la
Ley 7/1985 “Contenido y seguimiento del plan económico-financiero”, este plan económico-
financiero no recoge las medidas en aquél establecidas, ya que éstas están encaminadas a liberar
recursos de forma que se cumplan los objetivos de estabilidad, regla de gasto y sostenibilidad
financiera cuando los incumplimientos vengan originados por desequilibrios estructurales graves y no
Cód.
Validación:
3Z5TFPAQX5M2XY4DYEX59GEAQ
Verificación:
https://cabanasdelcastillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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