Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-2678)
BOP-2025-2678 Convocatoria de las Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social de Contingencias año 2025.
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3. En ningún caso se podrá conceder la ayuda extraordinaria de apoyo social para
contingencias para el pago de sanciones o deudas con cualesquiera Administraciones Públicas
ni para el pago de pensiones alimenticias o compensatorias.
QUINTA.- CUANTÍA MÁXIMA DE LAS AYUDAS.
1. Salvo que la persona interesada solicite una cuantía inferior o que los gastos para cubrir la
necesidad fueran de importe inferior a las cuantías indicadas a continuación, los importes
máximos de la ayuda son los siguientes:
a) Gastos de alojamiento previstos en la base CUARTA a) y b): 2.600 euros.
b) Gastos en instalaciones, equipamiento básico u otros útiles de primera necesidad recogidos
en la base CUARTA 1.c): 1.600 euros por todos los conceptos. No obstante, las cuantías
máximas a conceder por cada uno de los conceptos serán las siguientes:
- GASTOS DE MOBILIARIO BASICO. CONCEPTOS Y CUANTÍAS MÁXIMAS:
Mesa 110 €.
Silla 55 €.
Sillón 110 €.
Sofá 270 €.
Cama 160 €.
Armario 320 €.
Colchón, canapé y/o somier 215 €.
Mesita de noche 55 €.
Lámpara 85 €. Menaje del hogar 235 €.
- ELECTRODOMESTICOS DENOMINADOS “LINEA BLANCA”. CONCEPTOS Y
CUANTÍAS MÁXIMAS:
Lavadora 320 €.
Frigorífico 425 €.
Cocina de gas o vitrocerámica 270 €.
Calentador de agua 160 €.
Ventilador 65 €.
Estufa doméstica 110 €.
Brasero 85 €.
Plancha 35 €.
CVE:
BOP-2025-2678
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
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