Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2025-2637)
BOP-2025-2637 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Barrado
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas,
sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
Acuerdo del Pleno de fecha 25/03/2025 de la Entidad de Barrado por el que se aprueba
definitivamente la MODIFICACIÓN de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa POR
OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS,
TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de MODIFICACIÓN de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO
PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS
ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA, cuyo texto íntegro se hace público, para su
general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Barrado, 23 de mayo de 2025
María Sonia Llorente Fagúndez
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-2637
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de mayo de 2025
N.º 0100
Pág. 12623
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Barrado
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas,
sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
Acuerdo del Pleno de fecha 25/03/2025 de la Entidad de Barrado por el que se aprueba
definitivamente la MODIFICACIÓN de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa POR
OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS,
TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de MODIFICACIÓN de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO
PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS
ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA, cuyo texto íntegro se hace público, para su
general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Barrado, 23 de mayo de 2025
María Sonia Llorente Fagúndez
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-2637
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de mayo de 2025
N.º 0100
Pág. 12623