Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón. (BOP-2025-2621)
BOP-2025-2621 Modificación de delegaciones de competencias.
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● Delegar el área/materia de EDUCACIÓN, JUVENTUD, CULTURA, ASOCIACIONES Y
FESTEJOS a la Concejala Doña Lorena Naveira Gordo.
SEGUNDO.- Las delegaciones efectuadas comprenden la dirección interna y gestión de los
servicios correspondientes, pero no incluyen la facultad de resolver mediante actos
administrativos que afecten a terceros; reservándose esta Alcaldía las facultades a que se
refiere el artículo 115 del Reglamento antes citado.
TERCERO.- Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se
considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la Resolución de
nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente
publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica, sin
perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por la Alcaldesa.
CUARTO.- Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que
celebre
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera
estimar más conveniente a derecho.
Pozuelo de Zarzón, 16 de mayo de 2025
Sheila Martín Gil
ALCALDESA
CVE:
BOP-2025-2621
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12564
FESTEJOS a la Concejala Doña Lorena Naveira Gordo.
SEGUNDO.- Las delegaciones efectuadas comprenden la dirección interna y gestión de los
servicios correspondientes, pero no incluyen la facultad de resolver mediante actos
administrativos que afecten a terceros; reservándose esta Alcaldía las facultades a que se
refiere el artículo 115 del Reglamento antes citado.
TERCERO.- Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se
considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la Resolución de
nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente
publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica, sin
perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por la Alcaldesa.
CUARTO.- Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que
celebre
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera
estimar más conveniente a derecho.
Pozuelo de Zarzón, 16 de mayo de 2025
Sheila Martín Gil
ALCALDESA
CVE:
BOP-2025-2621
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
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