Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-2616)
BOP-2025-2616 Aprobación definitiva modificación Ordenanza no tributaria reguladora tarifas por prestación de servicios abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado y demás servicios y actividades complementarias.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza no tributaria
reguladora tarifas por prestación de servicios abastecimiento domiciliario de
agua potable, alcantarillado y demás servicios y actividades complementarias.
Por Acuerdo del Pleno de fecha 10 de marzo de 2025, se aprobó inicialmente la
MODIFICACION ORDENANZA NO TRIBUTARIA REGULADORA DE LAS TARIFAS POR LA
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA
POTABLE, ALCANTARILLADO Y DEMÁS SERVICIOS Y ACTIVIDADES
COMPLEMENTARIAS PRESTADOS EN EL MUNICIPIO DE NAVALMORAL DE LA MATA, no
habiéndose presentado durante el periodo de exposición publica alegaciones a la misma se
considera definitivamente aprobada la modificación de la ordenanza.
Contra el presente Acuerdo, los interesados podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
"ORDENANZA NO TRIBUTARIA REGULADORA DE LAS TARIFAS POR LA PRESTACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE,
ALCANTARILLADO Y DEMÁS SERVICIOS Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS
PRESTADOS EN EL MUNICIPIO DE NAVALMORAL DE LA MATA
Preámbulo
Con la entrada en vigor, el 9 de marzo de 2018, de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014 (LCSP) y, tal como señala su Preámbulo, se aclara la naturaleza jurídica de las
contraprestaciones que abonan los usuarios por la recepción de servicios, en los casos de
gestión indirecta a través de concesionarios, dejando de ser tasas y pasando a ser
prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias, modificando las siguientes leyes:
CVE:
BOP-2025-2616
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12543
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza no tributaria
reguladora tarifas por prestación de servicios abastecimiento domiciliario de
agua potable, alcantarillado y demás servicios y actividades complementarias.
Por Acuerdo del Pleno de fecha 10 de marzo de 2025, se aprobó inicialmente la
MODIFICACION ORDENANZA NO TRIBUTARIA REGULADORA DE LAS TARIFAS POR LA
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA
POTABLE, ALCANTARILLADO Y DEMÁS SERVICIOS Y ACTIVIDADES
COMPLEMENTARIAS PRESTADOS EN EL MUNICIPIO DE NAVALMORAL DE LA MATA, no
habiéndose presentado durante el periodo de exposición publica alegaciones a la misma se
considera definitivamente aprobada la modificación de la ordenanza.
Contra el presente Acuerdo, los interesados podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
"ORDENANZA NO TRIBUTARIA REGULADORA DE LAS TARIFAS POR LA PRESTACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE,
ALCANTARILLADO Y DEMÁS SERVICIOS Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS
PRESTADOS EN EL MUNICIPIO DE NAVALMORAL DE LA MATA
Preámbulo
Con la entrada en vigor, el 9 de marzo de 2018, de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014 (LCSP) y, tal como señala su Preámbulo, se aclara la naturaleza jurídica de las
contraprestaciones que abonan los usuarios por la recepción de servicios, en los casos de
gestión indirecta a través de concesionarios, dejando de ser tasas y pasando a ser
prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias, modificando las siguientes leyes:
CVE:
BOP-2025-2616
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
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