Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2025-2556)
BOP-2025-2556 Proceso de selección para la contratación de dos Auxiliares Administrativos/as como personal laboral temporal con cargo a la subvención de EELL 2025 de la Excma. Diputación de Cáceres
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MADROÑERA (CÁCERES)
Plaza de Ramón y Cajal Nº 1, C.P. 10210 – Madroñera (Cáceres)
Tlfn.: 927 31 91 92 / Fax.: 927 31 91 16
preguntas de reserva solamente se valorarán por el Tribunal cuando fuera necesaria su
utilización en sustitución de otras preguntas que pudieran resultar anuladas.
El ejercicio puntuará de 0 a 10 puntos. Cada respuesta correctamente contestada se puntuará
con 0,50 puntos. Cada respuesta errónea se penalizará con -0,20 puntos. Las respuestas en
blanco o nulas no se tendrán en cuenta.
2. ENTREVISTA 10 PUNTOS MÁXIMO.
Se valorará:
- Claridad expositiva (facilidad para entender).
- Capacidad de síntesis.
- Capacidad de argumentación.
- Capacidad de comunicación (discurso entretenido, ritmo adecuado, dicción correcta).
- TIEMPO DE ENTREVISTA/DEFENSA MAXIMO 15 MIN.
Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio. Sólo pasarán a la valoración de criterios generales
los aspirantes que hayan superado con un mínimo de 5,00 puntos la suma del examen y
entrevista de la misma (FASE DE CRITERIOS ESPECIFICOS).
Se abrirá un plazo de dos días para formular posibles reclamaciones a los resultados
provisionales de no haber reclamaciones se considerará listado definitivo.
QUINTO.- Se constituirá una bolsa de empleo con una duración de hasta el 31 de diciembre de
2025 con las personas seleccionadas que cumplan con los requisitos de la convocatoria y
acrediten correctamente la documentación. De producirse algún empate prevalecerá la persona
que mayor sea su puntuación en el examen, de persistirse en empate será la persona que tenga
mayor puntuación en el examen y en entrevista.
Cuando el ayuntamiento necesita cubrir un puesto temporal, se realiza un llamamiento a los
candidatos en el orden de relación establecido en la bolsa. Si un candidato acepta la oferta, se
procede a su contratación por el periodo necesario. Si el candidato rechaza la oferta o no
responde al llamamiento, se contacta al siguiente en la lista.
Los candidatos incluidos en la bolsa tienen el derecho a ser informados de las vacantes y a ser
contratados si aceptan la oferta. Sin embargo, también tienen el deber de responder a los
llamamientos dentro del plazo establecido. El rechazo a una oferta sin justificación o la falta de
respuesta conllevará a la pérdida de posición en la lista y la exclusión de la bolsa.
SEXTO. — Tribunal de Selección
El Tribunal de Selección será el encargado de realizar la selección, de acuerdo con el
principio de igualdad y no discriminación. Estará constituido de la siguiente forma:
- Presidente: Uno/a.
- Vocales: Tres.
- Secretario: Uno/a.
Cód.
Validación:
45F97YW293EEFHKSS9NQ2MWJS
Verificación:
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Documento
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electrónicamente
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BOP-2025-2556
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Viernes, 23 de mayo de 2025
N.º 0097
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