Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2517)
BOP-2025-2517 EXTRACTO. Convocatoria Concesión de Subvenciones 2025.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cáceres
ANUNCIO. EXTRACTO. Convocatoria Concesión de Subvenciones 2025.
BDNS (Identif): 833254.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/833254
Primero. Beneficiarios/as.
Podrán ser beneficiarios/as de subvención las personas físicas o jurídicas, entidades,
asociaciones culturales sin ánimo de lucro y colectivos, que hayan de realizar el proyecto o
actividad que fundamenta el otorgamiento de la subvención o que se encuentren en la situación
que legitima su concesión. En el caso de Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro, deberán
acreditar su domiciliación en el municipio de Cáceres y estar legalmente constituidas e inscritas
en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Cáceres, antes de finalizar el plazo
de presentación de solicitudes, pudiendo en cualquier caso ser comprobado de oficio por el
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, y deberán hacer constar expresamente en sus estatutos,
dentro del artículo relativo a los fines de la asociación, objetivos de carácter cultural. No podrán
ser beneficiarios de subvención los partidos políticos ni las asociaciones sindicales, ni sus
secciones, uniones, federaciones y confederaciones, etc.
Segundo. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones de la Concejalía de
Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas al fomento de proyectos y actividades culturales en el municipio de Cáceres,
durante el ejercicio 2025, así como el desarrollo del procedimiento a seguir de conformidad con
lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el
Reglamento General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y
CVE:
BOP-2025-2517
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
Pág. 11904
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cáceres
ANUNCIO. EXTRACTO. Convocatoria Concesión de Subvenciones 2025.
BDNS (Identif): 833254.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/833254
Primero. Beneficiarios/as.
Podrán ser beneficiarios/as de subvención las personas físicas o jurídicas, entidades,
asociaciones culturales sin ánimo de lucro y colectivos, que hayan de realizar el proyecto o
actividad que fundamenta el otorgamiento de la subvención o que se encuentren en la situación
que legitima su concesión. En el caso de Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro, deberán
acreditar su domiciliación en el municipio de Cáceres y estar legalmente constituidas e inscritas
en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Cáceres, antes de finalizar el plazo
de presentación de solicitudes, pudiendo en cualquier caso ser comprobado de oficio por el
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, y deberán hacer constar expresamente en sus estatutos,
dentro del artículo relativo a los fines de la asociación, objetivos de carácter cultural. No podrán
ser beneficiarios de subvención los partidos políticos ni las asociaciones sindicales, ni sus
secciones, uniones, federaciones y confederaciones, etc.
Segundo. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones de la Concejalía de
Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas al fomento de proyectos y actividades culturales en el municipio de Cáceres,
durante el ejercicio 2025, así como el desarrollo del procedimiento a seguir de conformidad con
lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el
Reglamento General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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