Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2516)
BOP-2025-2516 Aprobación definitiva Modificación del PGM en parcela TE-6 "Casa Plata".
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No obstante, mediante redacción de un Estudio de Detalle se podrá alcanzar la altura máxima
permitida en el ámbito, es decir, 5 plantas. Respecto a la altura de pisos y la construcción de
sótanos y semisótanos, se estará a la regulación general de las Normas Urbanísticas del Plan
General.
Parcela mínima:
Será la establecida para cada parcela en la tabla anterior y grafiada en el plano anejo a la ficha
del API 32-03. Se permite el agrupamiento de parcelas completas para formar una de mayores
dimensiones.
Usos compatibles:
Se establecen como uso compatibles el de garaje-aparcamiento en categorías 2ª (en planta
baja, semisótanos o sótanos) y 3ª (en parcela interior, patios de manzana y espacios libres
privados), según las condiciones particulares en las Normas Urbanísticas del Plan General.
Estudios de Detalle:
El ámbito de aplicación del Estudio de Detalle es el de una parcela aislada y establecerá las
condiciones de homogeneidad de materiales de revestimiento de fachadas y cubiertas, de
alineaciones, de alturas y de volúmenes de la edificación o edificaciones resultantes de su
aplicación.
RESTO DE EQUIPAMIENTOS.
Se regula en esta ordenanza el resto de parcelas calificadas de equipamiento dentro del ámbito
del API 32-03. En lo aquí no regulado será de aplicación lo establecido para cada uno de los
tipos de equipamientos en las Normas Urbanísticas del Plan General.
Ámbito, tipología y uso característico:
Pertenecen a esta ordenanza las parcelas grafiadas en el plano anejo a la ficha del API 32-03
con los códigos “DP”, “ED” y “GE”.
La tipología edificatoria responde a edificación aislada, salvo lo que pueda ser establecido
mediante Estudio de Detalle sobre la parcela.
Su uso característico es el del equipamiento correspondiente a cada uno de los tipos, según las
condiciones particulares establecidas en las Normas Urbanísticas del Plan General, con la
excepción del “GE” que se asimilará al régimen del Tipo Dotacional Genérico.
CVE:
BOP-2025-2516
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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