Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2511)
BOP-2025-2511 EXTRACTO Bases Reguladoras de la Convocatoria de los "PREMIOS PIE PLUS" enmarcados dentro del Programa de Ideas Emprendedoras en el Mundo Rural, XII Edición.
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SÉPTIMO.- OBLIGACIONES DE LOS/AS PREMIADOS/AS.
1.- Los/as premiados/as deberán remitir, en el plazo de 5 días hábiles siguientes al día de
entrega de premios, el original del documento Alta de terceros a la Tesorería de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres, Plaza de Santa María, s/n., 10071, de Cáceres, solo en
aquellos casos en los que la Diputación de Cáceres no lo tenga a su disposición o hubiera
variación de datos con respecto al último Alta de Terceros, que conste en los archivos de la
Diputación.
2.- Serán obligaciones del/a beneficiario/a las establecidas en los artículos 13 y 14 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 18 y ss del RD 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones.
3.- Los/as premiados/as deberán iniciar la actividad empresarial en un plazo máximo de 6
meses a contar desde la fecha del pago efectivo del premio.
4.- Tendrán la obligación de mantener la actividad objeto del premio un mínimo de un año
contado a partir del inicio de la actividad, siempre que no concurra ninguna circunstancia de
fuerza mayor que pueda acreditarse por los/as ganadores/as.
5.- Deberán presentar en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en el expediente
electrónico respectivo, a los efectos de justificación, la documentación establecida en la base
novena en el plazo que se indique en la comunicación escrita enviada a los/as perceptores/as
de los premios.
6.- Deberán someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente
requeridas por los órganos de la Diputación Provincial, aportando cuanta información les sea
solicitada en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión del
premio.
OCTAVO.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, ÓRGANOS COMPETENTES.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
La concesión de los presentes premios se realizará mediante un procedimiento de
concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia,
objetividad, igualdad y no discriminación. Se iniciará de oficio mediante aprobación de esta
Convocatoria por Resolución de la Vicepresidencia 1ª de Territorio, Igualdad y Cultura (P.D.
CVE:
BOP-2025-2511
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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