Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2511)
BOP-2025-2511 EXTRACTO Bases Reguladoras de la Convocatoria de los "PREMIOS PIE PLUS" enmarcados dentro del Programa de Ideas Emprendedoras en el Mundo Rural, XII Edición.
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Los premios estarán sujetos a la legislación tributaria vigente en el momento de su entrega.
Los premios concedidos nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y el
órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las
circunstancias así lo aconsejaran, incluso a declarar desierto todos o alguno de los premios,
motivando la resolución.
TERCERO.- RÉGIMEN DE PAGO.
Los premios concedidos a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable, por
tanto, la Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión
definitiva de las ayudas y, con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación,
de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ordenanza General de Subvenciones,
aplicable con carácter supletorio, y en el art. 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
y, en todo caso, siempre que la entidad beneficiaria no tenga cantidades pendientes de
reintegrar relativas a expedientes de subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
CUARTO.- REQUISITOS DE LOS/AS SOLICITANTES.
Podrán participar en esta convocatoria aquellas personas físicas que tengan una idea o
proyecto emprendedor, cualquiera que sea la temática sobre la que versen.
REQUISITOS.
1.- El proyecto deberá implantarse en un municipio de la provincia de Cáceres con menos de
20.000 habitantes. Debe tener la sede social y fiscal en dichos municipios.
2.- Los/as solicitantes no podrán haber iniciado su actividad ni estar dados de alta en RETA
antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo acreditarse
dicha circunstancia mediante la presentación de un Certificado de la Agencia Tributaria de la
situación censal de los/as promotores/as. (Se entiende por inicio de actividad económica la
fecha de alta en el censo de hacienda, en el modelo 036 y/o 037).
Las personas físicas que participen en grupo deberán presentar dicho certificado a título
individual.
No podrán participar aquellos proyectos que hayan sido premiados en ediciones anteriores, así
como aquellos cuyo proyecto ha recibido un premio económico en alguna convocatoria pública
CVE:
BOP-2025-2511
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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