Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2025-2449)
BOP-2025-2449 Cuenta General 2024.
149 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Entidad Local: AYUNTAMIENTO DE BARRADO
Provincia: CACERES N.I.F.: P1002600C
Comunidad Autónoma: EXTREMADURA Ejercicio: 2024
3. BASES DE PRESENTACION DE LAS CUENTAS
I) Imagen fiel
Las cuentas anuales suministran información útil para la toma de decisiones
económicas y constituyen un medio para la rendición de cuentas de la entidad por los
recursos que le han sido confiados. Para ello, está redactarse con claridad y muestran la
imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial,
y de la ejecución del presupuesto de esta entidad contable.
Las cuentas anuales comprenden los siguientes documentos que forman una unidad:
el balance, la cuenta del resultado económico patrimonial, el estado de cambios en el
patrimonio neto, el estado de liquidación del presupuesto y la memoria.
La aplicación sistemática y regular de los requisitos de la información y principios y
criterios contables incluidos en los apartados siguientes conducen a que las cuentas
anuales muestran la anteriormente citada imagen fiel. A tal efecto, en la contabilización
de las operaciones, se atiende a su realidad económica y no sólo a su forma jurídica.
Cuando se ha considerado que el cumplimiento de los requisitos de la información y
principios y criterios contables incluidos en este Plan de Cuentas Local Simplificado no
han sido suficiente para mostrar la mencionada imagen fiel, se suministra en la memoria
la información complementaria precisa para alcanzar este objetivo.
En aquellos casos excepcionales en los que dicho cumplimiento es incompatible
con la imagen fiel que deben proporcionar las cuentas anuales, se considerará
improcedente dicha aplicación. En tales casos, en la memoria se motiva suficientemente
esta circunstancia, y se explica su influencia sobre el patrimonio, la situación financiera y
los resultados de esta entidad
II) Comparación de la información
La Disposición transitoria segunda de la Orden HAP 1782/2013 de 20 de
septiembre, por el que se aprueba la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad
local, establece que en el ejercicio 2015 no se reflejarán en el balance, en la cuenta de
resultado económico patrimonial ni en el resto de estados que incluyan información
comparativa, las cifras relativas al ejercicio o ejercicios anteriores.
En la memoria se incluirá una nota adicional con los aspectos derivados de
la transición a las nuevas normas contables aportando un estado de conciliación de las
correspondencias del cierre del ejercicio anterior y el asiento de apertura del presente
ejercicio y los ajustes realizados.
La explicación de la adaptación de los importes de las cuentas del ejercicio
precedente alcanza las cuentas del balance y de la cuenta de resultados
económico-patrimonial del ejercicio anterior, que se han adaptado al nuevo plan de
cuentas en el ejercicio 2015.
CVE:
BOP-2025-2449
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de mayo de 2025
N.º 0093
Pág. 11481