Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2025-2430)
BOP-2025-2430 Aprobación definitiva expediente Estudio de Detalle.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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2.- Marco normativo.
Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
Normas subsidiarias de Barrado.
3.- Justificación de la solución adaptada.
Se justifica la tramitación del presente documento para definir la alineación de fachada
de obra terminada del inmueble destinado a viviendas de turismo rural, ubicado en la vía
pública Avda. Extremadura (Travesía EX-203).
El documento redactado no modifica el destino urbanístico del suelo, ni incrementa su
aprovechamiento urbanístico, ni suprime, reduce o afecta negativamente la funcionalidad
de las dotaciones públicas. Surge el desplazamiento parcial de la alineación en un 40%
del frente de fachada, siendo esta la parte afectada por los imprevistos al encontrar la
roca madre en el proceso de excavación. Como se puede ver en planos no influirá en los
anchos de acerado ni perturbará el funcionamiento adecuado de la vía pública.
El Reglamento de planeamiento establece para los Estudios de detalle que no podrán
aprobarse Estudios de Detalle fuera de los ámbitos o supuestos concretos para los que su
formulación haya sido prevista, con regulación expresa, en la normativa.
El Estudio de Detalle no suprime ni reduce los viales previstos, ni crea nuevos viales que
no estén definidos en las normas subsidiarias, la ocupación se hace derivada de los
imprevistos surgidos por la geología de la parcela no afecta al correcto funcionamiento
de los viales, como se muestra en la imagen.
Figure 6: Ocupación surgida por la nueva alineación que no afecta al funcionamiento de las viales.
DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Estudio de Detalle ha sido aprobado definitivamente por el Pleno del
Ayuntamiento de Barrado en sesión ordinaria de fecha 29/04/2025.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE POR LA SECRETARIA-INTERVENTORA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
BARRADO, D.ª ANA CECILIA SÁNCHEZ CLEMENTE, EN LA FECHA ANOTADA AL MARGEN
Cód.
Validación:
5C7TAFAXSKLCLTF2M6ESTC52H
Verificación:
https://barrado.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
9
de
10
CVE:
BOP-2025-2430
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
Pág. 11324
Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
Normas subsidiarias de Barrado.
3.- Justificación de la solución adaptada.
Se justifica la tramitación del presente documento para definir la alineación de fachada
de obra terminada del inmueble destinado a viviendas de turismo rural, ubicado en la vía
pública Avda. Extremadura (Travesía EX-203).
El documento redactado no modifica el destino urbanístico del suelo, ni incrementa su
aprovechamiento urbanístico, ni suprime, reduce o afecta negativamente la funcionalidad
de las dotaciones públicas. Surge el desplazamiento parcial de la alineación en un 40%
del frente de fachada, siendo esta la parte afectada por los imprevistos al encontrar la
roca madre en el proceso de excavación. Como se puede ver en planos no influirá en los
anchos de acerado ni perturbará el funcionamiento adecuado de la vía pública.
El Reglamento de planeamiento establece para los Estudios de detalle que no podrán
aprobarse Estudios de Detalle fuera de los ámbitos o supuestos concretos para los que su
formulación haya sido prevista, con regulación expresa, en la normativa.
El Estudio de Detalle no suprime ni reduce los viales previstos, ni crea nuevos viales que
no estén definidos en las normas subsidiarias, la ocupación se hace derivada de los
imprevistos surgidos por la geología de la parcela no afecta al correcto funcionamiento
de los viales, como se muestra en la imagen.
Figure 6: Ocupación surgida por la nueva alineación que no afecta al funcionamiento de las viales.
DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Estudio de Detalle ha sido aprobado definitivamente por el Pleno del
Ayuntamiento de Barrado en sesión ordinaria de fecha 29/04/2025.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE POR LA SECRETARIA-INTERVENTORA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
BARRADO, D.ª ANA CECILIA SÁNCHEZ CLEMENTE, EN LA FECHA ANOTADA AL MARGEN
Cód.
Validación:
5C7TAFAXSKLCLTF2M6ESTC52H
Verificación:
https://barrado.sedelectronica.es/
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Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
Pág. 11324