Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2025-2426)
BOP-2025-2426 Baja de oficio del Padrón Municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Almaraz
ANUNCIO. Baja de oficio del Padrón Municipal.
Por Resolución de Alcaldía n.º 84/2025 de fecha 23-abril-2025, se aprobó iniciar expediente de
baja de oficio en el Padrón Municipal de D. Lhoussain El Bouazzaoui, por inscripción indebida.
No habiéndose podido practicar la notificación personal al interesado/a, mediante el presente
anuncio se hace pública dicha Resolución del tenor literal siguiente:
Visto el informe de comprobación de los hechos emitido en fecha 22-abril-2025 por los
Servicios Técnicos Municipales de Policía Local, en el que se ponía de manifiesto que, D.
Lhoussain El Bouazzaoui, empadronado en este Municipio, no cumplía con los requisitos del
artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
Examinada la documentación que le acompaña, visto el informe de Secretaría de fecha 23-
abril-2025, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO
PRIMERO. Que se inicie el expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal por inscripción
indebida de D. Lhoussain El Bouazzaoui.
SEGUNDO. Que se dé audiencia a D. Lhoussain El Bouazzaoui, por plazo de diez días, para
que presente las alegaciones y documentos que estime pertinentes, advirtiéndole que, de no
recibir contestación en cuanto a su conformidad o disconformidad en el citado plazo, se
realizará la baja de oficio.
Si el/la interesado/a manifiesta su conformidad con la baja, y comunica al Ayuntamiento su
lugar de residencia habitual, se acordará la baja de oficio. Si el interesado/a no manifiesta su
conformidad con la baja, ésta solo podrá llevarse a cabo previo informe favorable del Consejo
de Empadronamiento.
Si el afectado comunica residir habitualmente en otro municipio, o domicilio del mismo
municipio, deberá solicitar por escrito el alta, o modificación, en el Padrón municipal
correspondiente o, en el caso de ser un ciudadano español que no viva habitualmente en
CVE:
BOP-2025-2426
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
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Ayuntamientos
Ayuntamiento de Almaraz
ANUNCIO. Baja de oficio del Padrón Municipal.
Por Resolución de Alcaldía n.º 84/2025 de fecha 23-abril-2025, se aprobó iniciar expediente de
baja de oficio en el Padrón Municipal de D. Lhoussain El Bouazzaoui, por inscripción indebida.
No habiéndose podido practicar la notificación personal al interesado/a, mediante el presente
anuncio se hace pública dicha Resolución del tenor literal siguiente:
Visto el informe de comprobación de los hechos emitido en fecha 22-abril-2025 por los
Servicios Técnicos Municipales de Policía Local, en el que se ponía de manifiesto que, D.
Lhoussain El Bouazzaoui, empadronado en este Municipio, no cumplía con los requisitos del
artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
Examinada la documentación que le acompaña, visto el informe de Secretaría de fecha 23-
abril-2025, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO
PRIMERO. Que se inicie el expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal por inscripción
indebida de D. Lhoussain El Bouazzaoui.
SEGUNDO. Que se dé audiencia a D. Lhoussain El Bouazzaoui, por plazo de diez días, para
que presente las alegaciones y documentos que estime pertinentes, advirtiéndole que, de no
recibir contestación en cuanto a su conformidad o disconformidad en el citado plazo, se
realizará la baja de oficio.
Si el/la interesado/a manifiesta su conformidad con la baja, y comunica al Ayuntamiento su
lugar de residencia habitual, se acordará la baja de oficio. Si el interesado/a no manifiesta su
conformidad con la baja, ésta solo podrá llevarse a cabo previo informe favorable del Consejo
de Empadronamiento.
Si el afectado comunica residir habitualmente en otro municipio, o domicilio del mismo
municipio, deberá solicitar por escrito el alta, o modificación, en el Padrón municipal
correspondiente o, en el caso de ser un ciudadano español que no viva habitualmente en
CVE:
BOP-2025-2426
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
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