Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2421)
BOP-2025-2421 Plan para la contratación de personal administrativo destinado a entidades locales municipales con núcleos de población dispersos y población inferior a veinte mil habitantes de la provincia de Cáceres, ejercicio 2025.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Provincia
Diputación Provincial de Cáceres
ANUNCIO. Plan para la contratación de personal administrativo destinado a
entidades locales municipales con núcleos de población dispersos y población
inferior a veinte mil habitantes de la provincia de Cáceres, ejercicio 2025.
NORMAS REGULADORAS DEL PLAN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL
ADMINISTRATIVO DESTINADO A ENTIDADES LOCALES MUNICIPALES CON NÚCLEOS
DE POBLACIÓN DISPERSOS Y POBLACIÓN INFERIOR A VEINTE MIL HABITANTES DE LA
PROVINCIA DE CÁCERES, EJERCICIO 2025.
PREÁMBULO.
Como antecedente de naturaleza jurídica se invoca el artículo 31 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece que la provincia es una
Entidad local determinada por la agrupación de Municipios, con personalidad jurídica propia y
plena capacidad para el cumplimiento de sus fines propios y específicos, garantizando los
principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, en el marco de la política económica y
social, y asegurando la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de
los servicios de competencia municipal. El artículo 36 de la referida Ley determina las
competencias atribuidas a las Diputaciones Provinciales, en su condición de entidad a la que le
corresponde el gobierno y administración de la provincia, destacándose, entre otras, la
asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de
menor capacidad económica y de gestión, asegurando el acceso de la población de la
provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal y la mayor eficacia y
economía en la prestación de éstos mediante cualesquiera fórmulas de asistencia y
cooperación municipal.
Las subvenciones que se obtengan como consecuencia del Plan tienen por finalidad el
fomento, el impulso, la solidaridad, el reequilibrio intermunicipal y territorial de las entidades
locales de la provincia, así como el cumplimiento que, en base al artículo 36 de la Ley de
Bases de Régimen Local, se le otorga a la Diputación Provincial y, que especialmente tiene
como competencia “la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la
CVE:
BOP-2025-2421
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
Pág. 11266
Provincia
Diputación Provincial de Cáceres
ANUNCIO. Plan para la contratación de personal administrativo destinado a
entidades locales municipales con núcleos de población dispersos y población
inferior a veinte mil habitantes de la provincia de Cáceres, ejercicio 2025.
NORMAS REGULADORAS DEL PLAN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL
ADMINISTRATIVO DESTINADO A ENTIDADES LOCALES MUNICIPALES CON NÚCLEOS
DE POBLACIÓN DISPERSOS Y POBLACIÓN INFERIOR A VEINTE MIL HABITANTES DE LA
PROVINCIA DE CÁCERES, EJERCICIO 2025.
PREÁMBULO.
Como antecedente de naturaleza jurídica se invoca el artículo 31 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece que la provincia es una
Entidad local determinada por la agrupación de Municipios, con personalidad jurídica propia y
plena capacidad para el cumplimiento de sus fines propios y específicos, garantizando los
principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, en el marco de la política económica y
social, y asegurando la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de
los servicios de competencia municipal. El artículo 36 de la referida Ley determina las
competencias atribuidas a las Diputaciones Provinciales, en su condición de entidad a la que le
corresponde el gobierno y administración de la provincia, destacándose, entre otras, la
asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de
menor capacidad económica y de gestión, asegurando el acceso de la población de la
provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal y la mayor eficacia y
economía en la prestación de éstos mediante cualesquiera fórmulas de asistencia y
cooperación municipal.
Las subvenciones que se obtengan como consecuencia del Plan tienen por finalidad el
fomento, el impulso, la solidaridad, el reequilibrio intermunicipal y territorial de las entidades
locales de la provincia, así como el cumplimiento que, en base al artículo 36 de la Ley de
Bases de Régimen Local, se le otorga a la Diputación Provincial y, que especialmente tiene
como competencia “la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la
CVE:
BOP-2025-2421
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
Pág. 11266