Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2025-2399)
BOP-2025-2399 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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l) Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención al residente
en el ámbito del centro y en las condiciones que reglamentariamente se determinen.
CAPÍTULO III
DE LOS DEBERES DE LOS USUARIOS
Artículo 13º.- Los sujetos del centro estarán sujetos a los siguientes deberes:
a) Abonar el importe establecido por la prestación recibida que en su caso le
corresponda.
b) Conocer y cumplir el reglamento de régimen interno.
c) Conocer las normas de funcionamiento interno que se dispongan y los acuerdos e
instrucciones emanados del órgano directivo.
d) Respetar el buen uso de las instalaciones del centro, colaborando en su
mantenimiento
e) Mantener un comportamiento correcto en su relación con los usuarios y trabajadores
del centro.
f) Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo del centro y otros lugares
relacionados con sus actividades.
g) Poner en conocimiento del órgano de dirección del establecimiento las anomalías o
irregularidades que observen en el mismo.
h) Comunicar al responsable del Centro las ausencias superiores a veinticuatro horas y
en general, cualquier situación desfavorable en la que se pueda encontrar cualquier
residente.
i) Guardar las normas básicas de higiene y aseo personal, tanto personales como en las
dependencias del establecimiento.
j) Acatar y cumplir las instrucciones del Director y del personal técnico del Centro.
k) Aportar la ropa y objetos que se le indique al ingresar en el Centro.
l) Firmar el documento que acredite su compromiso a efectos de cumplir las normas
establecidas en el momento de efectuar el ingreso en el centro.
m) Obligación de pago de tarifas.
TITULO II
Plaza de España, 1 · Aldeacentenera. 10251 (Cáceres) · Tfno. 927 31 40 27 – E-mail: admon@aldeacentenera.es
Cód.
Validación:
3N4LTZALADN7HWKZHNTFERQRL
Verificación:
https://aldeacentenera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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BOP-2025-2399
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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en el ámbito del centro y en las condiciones que reglamentariamente se determinen.
CAPÍTULO III
DE LOS DEBERES DE LOS USUARIOS
Artículo 13º.- Los sujetos del centro estarán sujetos a los siguientes deberes:
a) Abonar el importe establecido por la prestación recibida que en su caso le
corresponda.
b) Conocer y cumplir el reglamento de régimen interno.
c) Conocer las normas de funcionamiento interno que se dispongan y los acuerdos e
instrucciones emanados del órgano directivo.
d) Respetar el buen uso de las instalaciones del centro, colaborando en su
mantenimiento
e) Mantener un comportamiento correcto en su relación con los usuarios y trabajadores
del centro.
f) Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo del centro y otros lugares
relacionados con sus actividades.
g) Poner en conocimiento del órgano de dirección del establecimiento las anomalías o
irregularidades que observen en el mismo.
h) Comunicar al responsable del Centro las ausencias superiores a veinticuatro horas y
en general, cualquier situación desfavorable en la que se pueda encontrar cualquier
residente.
i) Guardar las normas básicas de higiene y aseo personal, tanto personales como en las
dependencias del establecimiento.
j) Acatar y cumplir las instrucciones del Director y del personal técnico del Centro.
k) Aportar la ropa y objetos que se le indique al ingresar en el Centro.
l) Firmar el documento que acredite su compromiso a efectos de cumplir las normas
establecidas en el momento de efectuar el ingreso en el centro.
m) Obligación de pago de tarifas.
TITULO II
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