Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2395)
BOP-2025-2395 EXTRACTO. Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la Provincia de Cáceres con una población inferior a 20.000 habitantes (CEL-2025).
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detallan:
- Promover la creación y formar parte como socio-fundador de una Comunidad
Ciudadana de Energía o Comunidad de Energías Renovables, bajo la fórmula jurídica de
asociación o cooperativa, conforme a la normativa vigente.
- Diseñar y dimensionar la instalación solar fotovoltaica conforme a la normativa técnica
vigente, garantizando que se trate de una instalación de autoconsumo colectivo con
compensación de excedentes, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 244/2019,
de 5 de abril. Asimismo, en el caso de instalaciones con una potencia superior a 15 kW,
deberá obtenerse, si fuese necesario, la autorización de la compañía distribuidora de
energía eléctrica para el punto de conexión a la red de distribución.
- Contratar la redacción del proyecto técnico, así como las adaptaciones del mismo, si
fuesen necesarias, y que hayan sido aprobadas por el órgano concedente de la ayuda,
así como la ejecución de las obras asociadas a la instalación solar fotovoltaica, y los
servicios necesarios para la constitución y gestión de la Comunidad Energética.
- Asumir la dirección técnica de las obras, la coordinación en materia de seguridad y
salud, y garantizar el cumplimiento de todos los trámites necesarios para la correcta
ejecución, legalización y puesta en funcionamiento de la instalación solar fotovoltaica.
- Autorizar el uso de cubiertas de edificios municipales o de terrenos de titularidad
pública para la instalación de los sistemas de generación, así como ceder el uso de
dicha instalación solar fotovoltaica a la Comunidad Energética Local que se constituya.
El Ayuntamiento podrá, en todo caso, reservarse hasta un 30% del coeficiente de
reparto de la energía generada por la instalación, en concepto de compensación por la
cesión del uso del espacio público o de la propia instalación o en concepto de uso de la
instalación en su condición de socio. Asimismo, deberá garantizarse el fomento de un
reparto justo, transparente y equitativo de los coeficientes de reparto de la energía entre
los/as miembros participantes, conforme a los criterios que se establezcan en las bases
reguladoras de la convocatoria.
- La dinamización, promoción y difusión de la comunidad energética local en el municipio
se llevará a cabo de forma coordinada con la Diputación Provincial de Cáceres. En este
sentido, se organizarán talleres específicos y acciones de sensibilización y participación
ciudadana, en el marco del Proyecto Oficinas de Transformación Comunitaria o de otros
proyectos impulsados por la Diputación, dirigidos a la difusión, el acompañamiento y el
asesoramiento para la creación y consolidación de comunidades energéticas locales en
CVE:
BOP-2025-2395
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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