Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-2330)
BOP-2025-2330 Modificaciones en las delegaciones de competencias de alcaldía a concejales
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Ayuntamiento de Hervás
Expediente n.º: 732/2025
Resolución con número y fecha establecidos al margen
Procedimiento: Delegaciones y Avocaciones de Competencias
Fecha de iniciación: 09/05/2025
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento Fecha/N.º
Informe-Propuesta de Secretaría 09/05/2025
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en
los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local;
y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28
de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en el concejal don Sixto Gonzalo Blanco Vega las atribuciones que
tiene conferidas la alcaldía en las áreas de juventud, deportes, protección civil, policía,
emprendimiento, empleo, comercio, participación ciudadana e industria, que conllevará
tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos, en
general, excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros y exceptuando los que según la Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean delegables.
SEGUNDO. Delegar en la concejala doña Purificación García Azabal las atribuciones
que tiene conferidas la alcaldía en las áreas de bienestar social, mayores, igualdad,
educación, infancia y familia, que conllevará tanto la facultad de dirigir los servicios
correspondientes como la de gestionarlos, en general, excluida la facultad de resolver
mediante actos administrativos que afecten a terceros y exceptuando los que según la
Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean delegables.
TERCERO. Delegar en la concejala doña Gaspar López Calvelo las atribuciones que
tiene conferidas la alcaldía en las áreas de cultura, festejos, turismo, patrimonio,
servicios municipales, comunicación y transparencia, que conllevará tanto la
facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos, en general,
excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y
exceptuando los que según la Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean delegables.
CUARTO. Delegar en el concejal don Jesús Peralejo Hernández, las atribuciones que
tiene conferidas la alcaldía en las áreas de medio ambiente, montes, parques y
Cód.
Validación:
4QD69FJ3QANJF6A5HYTTMYESJ
Verificación:
https://hervas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de mayo de 2025
N.º 0089
Pág. 10905
Expediente n.º: 732/2025
Resolución con número y fecha establecidos al margen
Procedimiento: Delegaciones y Avocaciones de Competencias
Fecha de iniciación: 09/05/2025
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento Fecha/N.º
Informe-Propuesta de Secretaría 09/05/2025
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en
los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local;
y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28
de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en el concejal don Sixto Gonzalo Blanco Vega las atribuciones que
tiene conferidas la alcaldía en las áreas de juventud, deportes, protección civil, policía,
emprendimiento, empleo, comercio, participación ciudadana e industria, que conllevará
tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos, en
general, excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros y exceptuando los que según la Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean delegables.
SEGUNDO. Delegar en la concejala doña Purificación García Azabal las atribuciones
que tiene conferidas la alcaldía en las áreas de bienestar social, mayores, igualdad,
educación, infancia y familia, que conllevará tanto la facultad de dirigir los servicios
correspondientes como la de gestionarlos, en general, excluida la facultad de resolver
mediante actos administrativos que afecten a terceros y exceptuando los que según la
Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean delegables.
TERCERO. Delegar en la concejala doña Gaspar López Calvelo las atribuciones que
tiene conferidas la alcaldía en las áreas de cultura, festejos, turismo, patrimonio,
servicios municipales, comunicación y transparencia, que conllevará tanto la
facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos, en general,
excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y
exceptuando los que según la Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean delegables.
CUARTO. Delegar en el concejal don Jesús Peralejo Hernández, las atribuciones que
tiene conferidas la alcaldía en las áreas de medio ambiente, montes, parques y
Cód.
Validación:
4QD69FJ3QANJF6A5HYTTMYESJ
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Martes, 13 de mayo de 2025
N.º 0089
Pág. 10905