Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-2275)
BOP-2025-2275 EXTRACTO. Normas Reguladoras del Programa Barrio.
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3. PRESUPUESTO TOTAL DEL PROGRAMA Y NATURALEZA DE LAS AYUDAS.
El importe total del Programa Barrio, dentro del presupuesto municipal en vigor, asciende a dos
millones quinientos dieciocho mil ciento sesenta y un euros con veintinueve céntimos de euro
(2.518.161,29 €), incluidos en la aplicación presupuestaria 25.1522A.480 y en la aplicación
2.1522A.780.
Las ayudas que se concedan en el marco del presente programa tendrán la consideración de
subvenciones a fondo perdido no reintegrables.
4. CUANTÍA DE LA AYUDA.
La cuantía de las ayudas se determinará en función del ahorro energético conseguido con las
actuaciones llevadas a cabo, aplicando el porcentaje establecido en el cuadro siguiente y con
los límites por vivienda igualmente establecidos en dicho cuadro.
Cuando los/as propietarios/as de las viviendas se encuentren en alguna situación de
vulnerabilidad económica, en expediente aparte y de forma exclusiva para el/a propietario/a o
usufructuario/a de la vivienda afectado, se podrá solicitar una ayuda adicional que podrá
alcanzar hasta el 100 % del coste de la actuación imputable a dicho propietario/a o
usufructuario/a, de acuerdo con los criterios establecidos en la comisión bilateral de
seguimiento, reflejados en el siguiente cuadro, y condicionada, en todo caso, al cumplimiento
de los requisitos en materia de eficiencia energética establecidos para las actuaciones
subvencionables.
Número de veces el IPREM 14.
Cuantía máxima de subvención.
Ahorro energético conseguido con la actuación.
30% cep,nren < 45%.
45% cep,nren < 60%.
cep,nren 60%.
2,1.
Porcentaje Ayuda.
CVE:
BOP-2025-2275
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
Pág. 10669
El importe total del Programa Barrio, dentro del presupuesto municipal en vigor, asciende a dos
millones quinientos dieciocho mil ciento sesenta y un euros con veintinueve céntimos de euro
(2.518.161,29 €), incluidos en la aplicación presupuestaria 25.1522A.480 y en la aplicación
2.1522A.780.
Las ayudas que se concedan en el marco del presente programa tendrán la consideración de
subvenciones a fondo perdido no reintegrables.
4. CUANTÍA DE LA AYUDA.
La cuantía de las ayudas se determinará en función del ahorro energético conseguido con las
actuaciones llevadas a cabo, aplicando el porcentaje establecido en el cuadro siguiente y con
los límites por vivienda igualmente establecidos en dicho cuadro.
Cuando los/as propietarios/as de las viviendas se encuentren en alguna situación de
vulnerabilidad económica, en expediente aparte y de forma exclusiva para el/a propietario/a o
usufructuario/a de la vivienda afectado, se podrá solicitar una ayuda adicional que podrá
alcanzar hasta el 100 % del coste de la actuación imputable a dicho propietario/a o
usufructuario/a, de acuerdo con los criterios establecidos en la comisión bilateral de
seguimiento, reflejados en el siguiente cuadro, y condicionada, en todo caso, al cumplimiento
de los requisitos en materia de eficiencia energética establecidos para las actuaciones
subvencionables.
Número de veces el IPREM 14.
Cuantía máxima de subvención.
Ahorro energético conseguido con la actuación.
30% cep,nren < 45%.
45% cep,nren < 60%.
cep,nren 60%.
2,1.
Porcentaje Ayuda.
CVE:
BOP-2025-2275
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
Pág. 10669