Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alagón del Río. (BOP-2025-2247)
BOP-2025-2247 Bases Reguladoras que regirán las ayudas para garantizar el derecho al acceso de suministros mínimos vitales durante el ejercicio 2025.
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Ayuntamiento de Alagón del Río
Expediente n.º: 83/2025
BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN LAS AYUDAS PARA
GARANTIZAR EL DERECHO AL ACCESO DE SUMINISTRO DE
MÍNIMOS VITALES DURANTE EL EJERCICIO 2025.
1. Objeto
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas a los vecinos
de la localidad de Alagón del Rio para garantizar el derecho a los servicios
de suministros mínimos vitales durante el año 2025, en virtud de lo
establecido en la RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2025, de la Consejera,
por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del
Acuerdo de 4 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración
Económica Municipal para suministros mínimos vitales para 2025.
2. Requisitos de las personas beneficiarias
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales
las unidades de convivencia, independientemente de que exista o no entre
sus miembros relación de parentesco, que cumplan los siguientes
requisitos:
a) Ser mayores de edad o que, aun siendo menores de dicha edad, sean
huérfanas absolutas o estén emancipadas, por concesión judicial o de
quienes ejerzan la patria potestad, y estén empadronadas y residan legal y
efectivamente en Extremadura.
b) Residir en alguna de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha
de presentación de la solicitud. Este requisito de antigüedad no será
exigible a los/as emigrantes extremeños/as retornados/as, a transeúntes, a
Cód.
Validación:
4WPFMN5X7AFF2A5S4P7YNHSM4
Verificación:
https://alagondelrio.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
1
de
23
ALCALDESA
Fecha
Firma:
06/05/2025
HASH:
76b55832e7cb9ac287bef5759855df9d
CVE:
BOP-2025-2247
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
Pág. 10573
Expediente n.º: 83/2025
BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN LAS AYUDAS PARA
GARANTIZAR EL DERECHO AL ACCESO DE SUMINISTRO DE
MÍNIMOS VITALES DURANTE EL EJERCICIO 2025.
1. Objeto
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas a los vecinos
de la localidad de Alagón del Rio para garantizar el derecho a los servicios
de suministros mínimos vitales durante el año 2025, en virtud de lo
establecido en la RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2025, de la Consejera,
por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del
Acuerdo de 4 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración
Económica Municipal para suministros mínimos vitales para 2025.
2. Requisitos de las personas beneficiarias
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales
las unidades de convivencia, independientemente de que exista o no entre
sus miembros relación de parentesco, que cumplan los siguientes
requisitos:
a) Ser mayores de edad o que, aun siendo menores de dicha edad, sean
huérfanas absolutas o estén emancipadas, por concesión judicial o de
quienes ejerzan la patria potestad, y estén empadronadas y residan legal y
efectivamente en Extremadura.
b) Residir en alguna de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha
de presentación de la solicitud. Este requisito de antigüedad no será
exigible a los/as emigrantes extremeños/as retornados/as, a transeúntes, a
Cód.
Validación:
4WPFMN5X7AFF2A5S4P7YNHSM4
Verificación:
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Fecha
Firma:
06/05/2025
HASH:
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CVE:
BOP-2025-2247
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
Pág. 10573