Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-2225)
BOP-2025-2225 Delegación de atribuciones Concejales Delegados
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En materia de gestión económica, en virtud del presente se delega en los citados concejales
las atribuciones de formular propuesta gastos, siempre en el marco de sus respectivas áreas
de actividad.
CUARTO.- Delegar de forma indistinta en todos los Concejales de este Ayuntamiento, las
competencias que a esta Alcaldía le otorga el artículo 51.1 del Código Civil, en la nueva
redacción dada al mismo por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, para autorizar los
matrimonios civiles que se celebren en este término municipal. Esta delegación faculta a todos
los Concejales para autorizar matrimonios civiles, sin que en una misma ceremonia pueda
intervenir más de uno de ellos.
QUINTO.- En los casos de los Concejales Delegados de Hacienda; y Personal, Régimen
Interior y Transparencia, tendrán atribuidas asimismo las facultad de emitir actos
administrativos que afecten a terceros, mediante resolución, excepto en aquellas atribuciones
expresamente delegadas en la Junta de Gobierno Local.
5.1. La Concejala Delegada de Hacienda, además de las que le correspondan en función de lo
señalado en los apartados anteriores, tendrá específicamente las siguientes atribuciones:
Prestar el visto bueno y conforme a las Órdenes de Gasto suscrita por los Concejales
Delegados.
Aprobación del reconocimiento de la obligación previo informe del Jefe de Servicio o
Personal en quien el mismo delegue.
La gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los Tributos Locales y
Precios Públicos, ajustándose al efecto a lo prevenido en la Ley General Tributaria y en
las Ordenanzas Fiscales aprobadas por el Pleno de la Corporación.
5.2. La Concejala Delegada de Personal, Régimen Interior y Transparencia, además de las que
le correspondan en función de lo señalado en los apartados anteriores, tendrá específicamente
las siguientes atribuciones:
Remisión de comunicaciones.
Visto Bueno a las certificaciones expedidas por la Secretaría General.
Traslado borradores actas Plenos y Junta de Gobierno Local a la Comunidad
Autónoma, Subdelegación de Gobierno y Grupos Municipales.
Aprobación nóminas de personal Funcionario y Laboral.
Resoluciones de anticipos al personal.
Resoluciones y tramitaciones en materia de Personal, a excepción de la resolución
inicial de su contratación.
CVE:
BOP-2025-2225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
Pág. 10510
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En materia de gestión económica, en virtud del presente se delega en los citados concejales
las atribuciones de formular propuesta gastos, siempre en el marco de sus respectivas áreas
de actividad.
CUARTO.- Delegar de forma indistinta en todos los Concejales de este Ayuntamiento, las
competencias que a esta Alcaldía le otorga el artículo 51.1 del Código Civil, en la nueva
redacción dada al mismo por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, para autorizar los
matrimonios civiles que se celebren en este término municipal. Esta delegación faculta a todos
los Concejales para autorizar matrimonios civiles, sin que en una misma ceremonia pueda
intervenir más de uno de ellos.
QUINTO.- En los casos de los Concejales Delegados de Hacienda; y Personal, Régimen
Interior y Transparencia, tendrán atribuidas asimismo las facultad de emitir actos
administrativos que afecten a terceros, mediante resolución, excepto en aquellas atribuciones
expresamente delegadas en la Junta de Gobierno Local.
5.1. La Concejala Delegada de Hacienda, además de las que le correspondan en función de lo
señalado en los apartados anteriores, tendrá específicamente las siguientes atribuciones:
Prestar el visto bueno y conforme a las Órdenes de Gasto suscrita por los Concejales
Delegados.
Aprobación del reconocimiento de la obligación previo informe del Jefe de Servicio o
Personal en quien el mismo delegue.
La gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los Tributos Locales y
Precios Públicos, ajustándose al efecto a lo prevenido en la Ley General Tributaria y en
las Ordenanzas Fiscales aprobadas por el Pleno de la Corporación.
5.2. La Concejala Delegada de Personal, Régimen Interior y Transparencia, además de las que
le correspondan en función de lo señalado en los apartados anteriores, tendrá específicamente
las siguientes atribuciones:
Remisión de comunicaciones.
Visto Bueno a las certificaciones expedidas por la Secretaría General.
Traslado borradores actas Plenos y Junta de Gobierno Local a la Comunidad
Autónoma, Subdelegación de Gobierno y Grupos Municipales.
Aprobación nóminas de personal Funcionario y Laboral.
Resoluciones de anticipos al personal.
Resoluciones y tramitaciones en materia de Personal, a excepción de la resolución
inicial de su contratación.
CVE:
BOP-2025-2225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
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