Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2025-2013)
BOP-2025-2013 Convocatoria de una plaza de Técnico/a Electricista con carácter interino.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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aspirantes admitidas y excluidas, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, en el tablón de anuncios de la sede electrónica https://moraleja.sedelectronica.es, en la
página web www.moraleja.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Moraleja.
En la resolución se hará constar que los/as aspirantes cuentan con un plazo de 5 días hábiles
para subsanación de defectos y posibles reclamaciones, a partir del día siguiente a su publicación.
Asimismo, aquellos/as aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos
personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación
provisional de admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Finalizado el plazo de subsanación de errores y reclamaciones se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres, en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://moraleja.sedelectronica.es, en la página web www.moraleja.es y en el Tablón de Anuncios
del Ayuntamiento de Moraleja, resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes,
incluyendo en su caso a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones. En dicha
resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo las pruebas selectivas que componen
la fase de oposición y en su caso el orden de actuación de las personas aspirantes, así como la
composición del Tribunal Calificador.
Los llamamientos para posteriores ejercicios se harán públicos por el órgano de selección en
tablón de anuncios de la sede electrónica https://moraleja.sedelectronica.es, en la página web
www.moraleja.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Moraleja, con 24 horas, al
menos, de antelación al comienzo de los mismos.
En el caso de que no fuera necesario subsanar deficiencias en las solicitudes presentadas por
las personas aspirantes, se procederá directamente a dictar Resolución de la Alcaldía aprobando la
lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que se hará pública en la forma indicada. En dicha
Resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo las pruebas selectivas que componen
la fase de oposición, así como la composición del Tribunal Calificador.
CUARTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal Calificador, que se clasifica en la categoría 2ª del Anexo IV del Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo, se ajustará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se
tenderá, en su composición a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, estando constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, todos ellos
funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo con nivel de titulación igual o superior al exigido
para las plazas objeto de la presente convocatoria, resultando de la siguiente forma:
Presidencia:
Funcionario/a o empleado/a público/a del Ayuntamiento de Moraleja
Vocales:
Funcionario/a o empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
6
Cód.
Validación:
34E9Q2W4ZR3ETJ7MYELDDAPQX
Verificación:
https://moraleja.sedelectronica.es/
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electrónicamente
desde
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esPublico
Gestiona
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en:
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Viernes, 25 de abril de 2025
N.º 0078
Pág. 9440
Cáceres, en el tablón de anuncios de la sede electrónica https://moraleja.sedelectronica.es, en la
página web www.moraleja.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Moraleja.
En la resolución se hará constar que los/as aspirantes cuentan con un plazo de 5 días hábiles
para subsanación de defectos y posibles reclamaciones, a partir del día siguiente a su publicación.
Asimismo, aquellos/as aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos
personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación
provisional de admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Finalizado el plazo de subsanación de errores y reclamaciones se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres, en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://moraleja.sedelectronica.es, en la página web www.moraleja.es y en el Tablón de Anuncios
del Ayuntamiento de Moraleja, resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes,
incluyendo en su caso a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones. En dicha
resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo las pruebas selectivas que componen
la fase de oposición y en su caso el orden de actuación de las personas aspirantes, así como la
composición del Tribunal Calificador.
Los llamamientos para posteriores ejercicios se harán públicos por el órgano de selección en
tablón de anuncios de la sede electrónica https://moraleja.sedelectronica.es, en la página web
www.moraleja.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Moraleja, con 24 horas, al
menos, de antelación al comienzo de los mismos.
En el caso de que no fuera necesario subsanar deficiencias en las solicitudes presentadas por
las personas aspirantes, se procederá directamente a dictar Resolución de la Alcaldía aprobando la
lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que se hará pública en la forma indicada. En dicha
Resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo las pruebas selectivas que componen
la fase de oposición, así como la composición del Tribunal Calificador.
CUARTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal Calificador, que se clasifica en la categoría 2ª del Anexo IV del Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo, se ajustará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se
tenderá, en su composición a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, estando constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, todos ellos
funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo con nivel de titulación igual o superior al exigido
para las plazas objeto de la presente convocatoria, resultando de la siguiente forma:
Presidencia:
Funcionario/a o empleado/a público/a del Ayuntamiento de Moraleja
Vocales:
Funcionario/a o empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
6
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Validación:
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