Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villamiel. (BOP-2025-1960)
BOP-2025-1960 Aprobación Definitiva de la Ordenanza Reguladora de Entrada de Vehículos en Inmuebles (Vados).
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villamiel
ANUNCIO. Aprobación Definitiva de la Ordenanza Reguladora de Entrada de
Vehículos en Inmuebles (Vados).
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza
municipal reguladora de entrada de vehículos en inmuebles (vados), cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el cual se transcribe
del siguiente tenor literal: « Que en sesión ordinaria del Pleno de fecha 29 de octubre de 2024,
con la asistencia de los siguientes miembros de la corporación: Dña. Alba Baile González,
como Alcaldesa, Dña. Azucena García Matas, Dña. Beatriz Martín Povedano, Dña. Mercedes
González González y D. José Martín Baile, como concejales de la misma, entre otros se adoptó
por MAYORÍA ABSOLUTA de los miembros de la corporación, cinco (5) votos a favor, y
UNANIMIDAD de los presentes el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de ENTRADA DE
VEHÍCULOS EN INMUEBLES, en los términos en que figura en el expediente.
SEGUNDO. Someter dicha Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los
interesados/as, con publicación en el BOP y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo
de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas
por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo,
se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
Simultáneamente, publicar el texto de la Ordenanza municipal en el portal web del
Ayuntamiento:
http://villamiel.sedelectronica.es
con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos/as afectados/as y recabar cuantas
aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
CVE:
BOP-2025-1960
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
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