Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-1933)
BOP-2025-1933 EXTRACTO. Convocatoria para la Concesión de Subvenciones en materia de Premios Concurso de Carrozas 2025, año 2025.
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en su defecto, las normas de derecho privado.
El procedimiento para la concesión de estos Premios del Concurso de Carrozas 2025 será en
régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas,
a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración
establecidos en esta convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente,
aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
2. Créditos Presupuestarios.
Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación 338.229.06 ACTIVIDADES
CULTURALES Y DEPORTIVAS con importe de 150,00 euros del Estado de Gastos del vigente
presupuesto del Ayuntamiento de Alcuéscar.
Cuantías de los premios:
- PREMIO ÚNICO: 150,00 €.
- OBSEQUIO PARA TODOS LOS GRUPOS PARTICIPANTES.
Excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los
créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no
requerirá de una nueva convocatoria.
La fijación y utilización de esta cuantía adicional estará sometida a las reglas del artículo 58 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
3. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de los Premios de los Concursos de
Carrozas 2025.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por medio de la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR se establecen las
bases reguladoras de la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los
principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
eficacia y eficiencia, recogidos en dicha Ley.
El Excmo. Ayuntamiento de Alcuéscar pretende fomentar, mediante la concesión de
subvenciones y otras ayudas, el desarrollo de programas y actividades de Asociaciones,
Agrupaciones, Entidades y personas, tanto en el ámbito sociocultural y deportivo como en el
CVE:
BOP-2025-1933
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
Pág. 9119
El procedimiento para la concesión de estos Premios del Concurso de Carrozas 2025 será en
régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas,
a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración
establecidos en esta convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente,
aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
2. Créditos Presupuestarios.
Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación 338.229.06 ACTIVIDADES
CULTURALES Y DEPORTIVAS con importe de 150,00 euros del Estado de Gastos del vigente
presupuesto del Ayuntamiento de Alcuéscar.
Cuantías de los premios:
- PREMIO ÚNICO: 150,00 €.
- OBSEQUIO PARA TODOS LOS GRUPOS PARTICIPANTES.
Excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los
créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no
requerirá de una nueva convocatoria.
La fijación y utilización de esta cuantía adicional estará sometida a las reglas del artículo 58 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
3. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de los Premios de los Concursos de
Carrozas 2025.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por medio de la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR se establecen las
bases reguladoras de la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los
principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
eficacia y eficiencia, recogidos en dicha Ley.
El Excmo. Ayuntamiento de Alcuéscar pretende fomentar, mediante la concesión de
subvenciones y otras ayudas, el desarrollo de programas y actividades de Asociaciones,
Agrupaciones, Entidades y personas, tanto en el ámbito sociocultural y deportivo como en el
CVE:
BOP-2025-1933
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
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