Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santiago de Alcántara. (BOP-2025-1888)
BOP-2025-1888 Propuesta de acuerdo de la junta administrativa provisional de la agrupación para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría de clase 3.ª en los Excmos. Ayuntamientos de Membrío y Santiago de Alcántara.
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Méritos específicos: No.
Subgrupo de clasificación profesional: A1/A2.
Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Subescala:Secretaría-Intervención.
Formación específica/méritos valorables:
Titulación: Titulación universitaria exigida para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados
en el subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
y artículo 18.1 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Otras circunstancias: Agrupado al 50% con el Excmo. Ayuntamiento de Membrío.
Funciones del puesto:
Secretaría: Las funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo conforme a lo
dispuesto en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen
jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Intervención: Las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera
y presupuestaria, y contabilidad conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional.
Tesorería: Las funciones de manejo y custodia de fondos, valores y efectos de la Entidad Local
conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el
régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional.
Otras: a) Programar y gestionar las políticas generales del Ayuntamiento, de conformidad con
las directrices de los órganos de gobierno y la normativa local.
b) Programar y gestionar las políticas de contratación, subvenciones, personal, procesos
selectivos, seguros, responsabilidad del Ayuntamiento y demás expedientes administrativos, de
conformidad con las directrices de los órganos de gobierno y la normativa local.
c) Programar y gestionar las políticas de ordenación del territorio y urbanismo del
Ayuntamiento, de conformidad con las directrices de los órganos de gobierno y la normativa
local.
CVE:
BOP-2025-1888
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de abril de 2025
N.º 0074
Pág. 8802
Subgrupo de clasificación profesional: A1/A2.
Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Subescala:Secretaría-Intervención.
Formación específica/méritos valorables:
Titulación: Titulación universitaria exigida para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados
en el subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
y artículo 18.1 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Otras circunstancias: Agrupado al 50% con el Excmo. Ayuntamiento de Membrío.
Funciones del puesto:
Secretaría: Las funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo conforme a lo
dispuesto en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen
jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Intervención: Las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera
y presupuestaria, y contabilidad conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional.
Tesorería: Las funciones de manejo y custodia de fondos, valores y efectos de la Entidad Local
conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el
régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional.
Otras: a) Programar y gestionar las políticas generales del Ayuntamiento, de conformidad con
las directrices de los órganos de gobierno y la normativa local.
b) Programar y gestionar las políticas de contratación, subvenciones, personal, procesos
selectivos, seguros, responsabilidad del Ayuntamiento y demás expedientes administrativos, de
conformidad con las directrices de los órganos de gobierno y la normativa local.
c) Programar y gestionar las políticas de ordenación del territorio y urbanismo del
Ayuntamiento, de conformidad con las directrices de los órganos de gobierno y la normativa
local.
CVE:
BOP-2025-1888
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de abril de 2025
N.º 0074
Pág. 8802