Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2025-1876)
BOP-2025-1876 Plan Económico Financiero de Casatejada 2025-2026.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Casatejada
Expediente n.º: 17/2025
Procedimiento: Elaboración y Aprobación Plan Económico Financiero por
incumplimiento de la Estabilidad Presupuestaria y la Regla de Gastos Liquidación del
Presupuesto 2024
PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO POR INCUMPLIMIENTO DE LA ESTABILIDAD
PRESUPUESTARIA EN LA LIQUIDACIÓN DEL EJERCICIO 2024
Visto el informe del Secretario-Interventor de fecha 21 de enero de 2025, en el que pone
de manifiesto que la liquidación del presupuesto municipal del ejercicio 2024, aprobada
mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 21 de enero de 2025, incumple la estabilidad
presupuestaria, en aplicación de lo prevenido en los artículos 21 y 23 de la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se
presenta y propone al Pleno:
LA APROBACIÓN DEL SIGUIENTE PLAN ECONOMICO-FINANCIERO (PEF)
1.- CONTENIDO Y TRAMITACIÓN.-
El artículo 21 de la LOEPSF determina, en caso de incumplimiento del objetivo de
estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, que la
Administración incumplidora formulará un plan económico-financiero que permita en el
año en curso y en el siguiente el cumplimiento de los objetivos y de la regla de gasto.
El plan económico-financiero contendrá, como mínimo, la siguiente información:
a) Las causas del incumplimiento del objetivo establecido o, en su caso, del
incumplimiento de la regla de gasto.
b) Las previsiones tendenciales de ingresos y gastos, bajo el supuesto de que no
producirse cambios en las políticas fiscales y de gastos.
c) La descripción, cuantificación y el calendario de aplicación de las medidas
incluidas en el plan, señalando las partidas presupuestarias o registros
extrapresupuestarios en los que se contabilizarán.
d) Las previsiones de las variables económicas y presupuestarias de las que parte el
plan, así como los supuestos sobre los que se basan estas previsiones, en
consonancia con lo contemplado en el informe al que se hace referencia en el
apartado 5 del artículo 15.
e) Un análisis de sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos.
El Plan Económico-financiero será presentado, en el plazo máximo de un mes desde que
se constatase el incumplimiento. Su aprobación es competencia del Pleno de la
Corporación, quien deberá aprobarlo en el plazo máximo de dos meses desde la
presentación y su puesta en marcha no podrá exceder de tres meses desde la
constatación del incumplimiento.
El Plan Económico-financiero se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia con efectos
simplemente informativos y estará a disposición del público desde su aprobación.
2.- SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA ACTUAL.-
A).-La liquidación del presupuesto municipal de los dos últimos ejercicios ofrece las
Ayuntamiento de Casatejada
Plza. España, 1, Casatejada. 10520 (Cáceres). Tfno. 927547002. Fax: 927547424
Cód.
Validación:
5WQ5QJAKE4N4FMX6HF97CMWSX
Verificación:
https://casatejada.sedelectronica.es/
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Miércoles, 16 de abril de 2025
N.º 0074
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Expediente n.º: 17/2025
Procedimiento: Elaboración y Aprobación Plan Económico Financiero por
incumplimiento de la Estabilidad Presupuestaria y la Regla de Gastos Liquidación del
Presupuesto 2024
PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO POR INCUMPLIMIENTO DE LA ESTABILIDAD
PRESUPUESTARIA EN LA LIQUIDACIÓN DEL EJERCICIO 2024
Visto el informe del Secretario-Interventor de fecha 21 de enero de 2025, en el que pone
de manifiesto que la liquidación del presupuesto municipal del ejercicio 2024, aprobada
mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 21 de enero de 2025, incumple la estabilidad
presupuestaria, en aplicación de lo prevenido en los artículos 21 y 23 de la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se
presenta y propone al Pleno:
LA APROBACIÓN DEL SIGUIENTE PLAN ECONOMICO-FINANCIERO (PEF)
1.- CONTENIDO Y TRAMITACIÓN.-
El artículo 21 de la LOEPSF determina, en caso de incumplimiento del objetivo de
estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, que la
Administración incumplidora formulará un plan económico-financiero que permita en el
año en curso y en el siguiente el cumplimiento de los objetivos y de la regla de gasto.
El plan económico-financiero contendrá, como mínimo, la siguiente información:
a) Las causas del incumplimiento del objetivo establecido o, en su caso, del
incumplimiento de la regla de gasto.
b) Las previsiones tendenciales de ingresos y gastos, bajo el supuesto de que no
producirse cambios en las políticas fiscales y de gastos.
c) La descripción, cuantificación y el calendario de aplicación de las medidas
incluidas en el plan, señalando las partidas presupuestarias o registros
extrapresupuestarios en los que se contabilizarán.
d) Las previsiones de las variables económicas y presupuestarias de las que parte el
plan, así como los supuestos sobre los que se basan estas previsiones, en
consonancia con lo contemplado en el informe al que se hace referencia en el
apartado 5 del artículo 15.
e) Un análisis de sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos.
El Plan Económico-financiero será presentado, en el plazo máximo de un mes desde que
se constatase el incumplimiento. Su aprobación es competencia del Pleno de la
Corporación, quien deberá aprobarlo en el plazo máximo de dos meses desde la
presentación y su puesta en marcha no podrá exceder de tres meses desde la
constatación del incumplimiento.
El Plan Económico-financiero se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia con efectos
simplemente informativos y estará a disposición del público desde su aprobación.
2.- SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA ACTUAL.-
A).-La liquidación del presupuesto municipal de los dos últimos ejercicios ofrece las
Ayuntamiento de Casatejada
Plza. España, 1, Casatejada. 10520 (Cáceres). Tfno. 927547002. Fax: 927547424
Cód.
Validación:
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Miércoles, 16 de abril de 2025
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