Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. (BOP-2025-1839)
BOP-2025-1839 AT-9148. Nuevo centro de reparto en Jarandilla de la Vera y ampliación de la L-4856-02-"Vera" de la STR "Jaraíz" entre éste y el CT "Piscina Cuacos", en los términos municipales de Jarandilla de la Vera, Aldeanueva de la Vera y Cuacos de Yuste (Cáceres).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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sustituye al actual 505 de la L-Vera) y el nuevo centro de reparto: 0,024 Km.
Tensión de servicio : 20 kV
Tipo de conductor:
Tramo aéreo: 100-AL1/17-ST1A, de aluminio-acero, sección total 116,7 mm2.
Tramos subterráneos: HEPR Z1-AL 12/20 KV de sección 3x(1x240) mm2.
Nº total de apoyos a instalar: 57 (48 metálicos y 9 de hormigón).
Emplazamiento de las líneas: Parcelas públicas y privadas en los términos municipales
de Cuacos de Yuste, Aldeanueva de la Vera y Jarandilla de la Vera.
Otras actuaciones:
Cambio de celdas existentes (1L+1P) por un conjunto compacto de celdas (2L+1P), en
el centro de transformación CT "Piscina Cuacos".
Nuevas canalizaciones subterráneas entubadas en zanja: 0,027 Km.
Desmontaje de varios tramos existentes de la LAMT "Vera", con conductores LA-56 y
LA-30, en una longitud de 2,155 Km y 19 apoyos.
Desde la nueva LAMT se atenderán diversas derivaciones existentes en la zona, que
actualmente se alimentan desde los tramos a desmontar, con conductor LA-56 y una
longitud total de 0,483 Km.
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones,
licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las
instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su
caso, con sus instalaciones auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones
que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización,
sin la cual no podrán ser ejecutadas.
CVE:
BOP-2025-1839
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 14 de abril de 2025
N.º 0072
Pág. 8632
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sustituye al actual 505 de la L-Vera) y el nuevo centro de reparto: 0,024 Km.
Tensión de servicio : 20 kV
Tipo de conductor:
Tramo aéreo: 100-AL1/17-ST1A, de aluminio-acero, sección total 116,7 mm2.
Tramos subterráneos: HEPR Z1-AL 12/20 KV de sección 3x(1x240) mm2.
Nº total de apoyos a instalar: 57 (48 metálicos y 9 de hormigón).
Emplazamiento de las líneas: Parcelas públicas y privadas en los términos municipales
de Cuacos de Yuste, Aldeanueva de la Vera y Jarandilla de la Vera.
Otras actuaciones:
Cambio de celdas existentes (1L+1P) por un conjunto compacto de celdas (2L+1P), en
el centro de transformación CT "Piscina Cuacos".
Nuevas canalizaciones subterráneas entubadas en zanja: 0,027 Km.
Desmontaje de varios tramos existentes de la LAMT "Vera", con conductores LA-56 y
LA-30, en una longitud de 2,155 Km y 19 apoyos.
Desde la nueva LAMT se atenderán diversas derivaciones existentes en la zona, que
actualmente se alimentan desde los tramos a desmontar, con conductor LA-56 y una
longitud total de 0,483 Km.
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones,
licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las
instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su
caso, con sus instalaciones auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones
que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización,
sin la cual no podrán ser ejecutadas.
CVE:
BOP-2025-1839
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 14 de abril de 2025
N.º 0072
Pág. 8632