Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gata. (BOP-2025-1748)
BOP-2025-1748 Aprobación definitiva del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Gata para los ejercicios 2025 - 2027.
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Ayuntamiento de Gata
Expediente n.º: 282/2024
Procedimiento: Planes Estratégicos de Subvenciones
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2025-2027 DELAYUNTAMIENTO DE GATA
PREÁMBULO.
La Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
establece que una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de
subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y
económicas de personas y entidades públicas o privadas.
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los
Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan Estratégico
de Subvenciones.
Téngase en cuenta la disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en
la que se establece que los Planes y programas relativos a políticas públicas que estén previstas en
Normas legales o reglamentarias, tendrán la consideración de Planes Estratégicos de Subvenciones
siempre que recojan el contenido previsto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003.
El plan estratégico de subvenciones se concibe como un instrumento de planificación de las políticas
públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de
promoción de una finalidad pública.
Uno de los principios que rigen esta ley, es el de transparencia. Con este objeto las Administraciones
deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la obligación de
formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información relevante sobre todas las
subvenciones concedidas.
En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003 establece, como elemento de gestión e
instrumento de dicha mejora, la necesidad de elaborar en cada Administración Pública un plan
estratégico de subvenciones que permita relacionar los objetivos a alcanzar y los efectos que se
pretenden conseguir, con los costes previstos y su financiación, con objeto de adecuar las necesidades
públicas a cubrir mediante las subvenciones, con los recursos disponibles, y todo ello con carácter
previo a la concesión.
Además, la ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y evaluación de objetivos, que
debe permitir que aquellas líneas de subvenciones que no alcancen el nivel de consecución de
objetivos deseado o que resulte adecuado al nivel de recursos invertidos, puedan ser modificadas o
sustituidas por otras más eficaces y eficientes, o, en su caso, eliminadas.
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Jueves, 10 de abril de 2025
N.º 0070
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