Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-1725)
BOP-2025-1725 Bases 2 Especialistas Albañilería (Personal Laboral Fijo) por Oposición Libre - OEP 2024.
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3.5.- Derechos de examen.
La tasa es de 15 euros y se abonará en la cuenta ES89 2103 7412 25 0030002805, de
la entidad Unicaja Banco. En el documento debe figurar el NOMBRE Y APELLIDO, Nº
del DNI del aspirante y se hará constar la siguiente leyenda “Pruebas selectivas para
DOS PLAZAS DE ESPECIALISTA ALBAÑILERIA mediante Oposición“. Los
justificantes bancarios en los que no consten dichos datos se tendrán por no
presentados al no poder acreditar quién realiza el ingreso o el concepto. La falta de
presentación del resguardo acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen
dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de las
personas aspirantes al proceso selectivo, sin perjuicio de que se le otorgará plazo para
subsanar cuando se publique la lista provisional de personas admitidas y excluidas.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá
la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación.
3.5.1- Bonificaciones y exenciones de la tasa.
1.- Familias numerosas.
 Tendrán una bonificación del 50% de la tasa, las familias numerosas de
categoría especial.
 Tendrán una bonificación del 25% de la tasa, las familias numerosas de
categoría general.
En cualquier caso habrá de acreditarse la condición de familia numerosa con la
fotocopia del libro de familia.
2.- Desempleo.
Quedarán exentas del pago de la tasa, las personas que se encuentren en situación
de desempleo, debidamente inscritas en el Centro de Empleo, con una antigüedad de
al menos 6 meses previos a la fecha de expiración del plazo de presentación de
instancias.
Para poder beneficiarse de esta bonificación, la persona interesada deberá acreditar la
situación de desempleo presentando, junto con el modelo de solicitud de la
convocatoria, certificado de situación de desempleo cuya fecha de expedición debe
estar comprendida entre las fechas de presentación de solicitudes de la convocatoria a
la que se pretende concurrir.
3.- Discapacidad igual o superior al 33%.
Quedarán exentas del pago de la tasa, las personas que acrediten una discapacidad
igual o superior al 33%.
4.- Victimas de terrorismo.
Quedarán exentas del pago de la tasa, las víctimas de terrorismo, sus cónyuges, así
como sus hijos.
CVE:
BOP-2025-1725
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de abril de 2025
N.º 0069
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