Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-1725)
BOP-2025-1725 Bases 2 Especialistas Albañilería (Personal Laboral Fijo) por Oposición Libre - OEP 2024.
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BASES GENERALES Y PROGRAMA POR LOS QUE SE REGIRÁ EL
PROCEDIMIENTO PARA PROVEER DOS PLAZAS DE ESPECIALISTA
ALBAÑILERIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA (PERSONAL
LABORAL FIJO) MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICION LIBRE
CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2024.
PRIMERA.- NORMAS GENERALES.
1.1.- Número de plazas y sistema de provisión
Se convocan pruebas selectivas para provisión, en régimen de contratación laboral fija
mediante el procedimiento de oposición libre, DOS PLAZAS DE ESPECIALISTA
ALBAÑILERIA, perteneciente al Grupo C, Subgrupo C2, dotadas con los emolumentos
correspondientes a las retribuciones básicas del Grupo C2, y retribuciones
complementarias que constan en la Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo del
Excmo. Ayuntamiento de Plasencia (Complemento de Destino 18) y demás
retribuciones y derechos que correspondan con la Legislación vigente y el Convenio
Colectivo Municipal, y correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2024 (DOE nº
133 de 10 de julio de 2024).
1.2.- Normativa aplicable al contrato
El contrato se regirá por el Convenio por el que se regulan las relaciones de trabajo de
los trabajadores del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Corporación Municipal (En
los términos de su ámbito funcional); el RDL 2/2015, de 23 de octubre de 2015, por el
que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado
Público y demás normativa laboral o que le sea aplicable al personal laboral.
1.3.- Funciones.
Las funciones a desarrollar son las contempladas en el catálogo de puestos de trabajo de
este Excmo. Ayuntamiento para la citada categoría profesional.
1.4.- Normativa de la convocatoria.
La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, a la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 7/1985 de 2
de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de
18 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas de la reforma de la función pública
(En todo lo que no esté derogado por el TREBEP); Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado público; Decreto 201/1995 de 26 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; RD 364/1.995 de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración del Estado; Ley 13/2015, de 8 de abril, de la
Función Pública de Extremadura; R.D. 896/1991 de 7 de junio, por el que se establecen
las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de Administración Local y demás legislación aplicable, así
como las normas de esta convocatoria.
CVE:
BOP-2025-1725
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de abril de 2025
N.º 0069
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