Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-1723)
BOP-2025-1723 Bases 1 Operario Especialista de Mantenimiento (Personal Laboral Fijo) por Oposición Libre - OEP 2024.
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5.7.- La actuación del Tribunal.
El Tribunal debe ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria. Resolverá,
por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado
para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las
pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido
orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases.
5.8.- Abstención y Recusación.
Los componentes del Tribunal, al igual que los observadores sindicales, deberán
abstenerse de formar parte del mismo, comunicándolo a la autoridad convocante, a
partir de la publicación de las listas de aspirantes admitidos, cuando se dé alguna
causa de abstención señalada en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo los aspirantes podrán recusarlos (art.
24 de la Ley 40/2015).
Los aspirantes podrán, en los casos señalados en el párrafo anterior, promover la
recusación de los miembros del Tribunal, para ello dispondrán de un plazo de 10 días
hábiles desde la publicación de la composición del Tribunal (Artículo 24.1 Ley
40/2015).
5.9.- Clasificación del Tribunal.
El Tribunal que actúe en esta prueba selectiva tendrá la categoría tercera, de las
recogidas en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio.
5.10.- Revisión de Resoluciones del Tribunal.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin prejuicio de que ésta,
en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el Título V de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas
o trámites afectados por las irregularidades.
Contra las resoluciones y actos de los órganos de selección y sus actos de trámite que
impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse
recurso de alzada ante la Alcaldía.
SEXTA.- ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES.
El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente, se iniciará por orden alfabético de apellidos según último sorteo
público efectuado para determinar el orden de actuación en las pruebas selectivas
convocadas por la Junta de Extremadura (DOE Nº 80 de fecha 25 de abril de 2024,
letra “S”)
Los/as opositores/as, con la salvedad fijada con anterioridad, serán convocados/as en
llamamiento único debiendo acudir provistos del Documento Nacional de Identidad,
pudiendo el Tribunal requerirles en cualquier momento que acrediten su identidad.
CVE:
BOP-2025-1723
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de abril de 2025
N.º 0069
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