Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2025-1671)
BOP-2025-1671 Modificación de créditos por suplemento de crédito.
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Ayuntamiento de Trujillo
DOÑA JULIA MARTÍN GARCÍA OLIVA, SECRETARIA GENERAL DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE TRUJILLO (CÁCERES).
C E R T I F I C O:
PRIMERO.- Que el Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada
el día 2 de abril de 2025, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
PUNTO 4º.- Aprobar la modificación de crédito nº.13 en la modalidad de crédito
extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos
generales.
La Comisión Informativa Permanente de Hacienda, Economía y Patrimonio,
en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2025, dictaminó
FAVORABLEMENTE la adopción de la propuesta de acuerdo que antecede, y que
mediante resolución de la Corporación Local se eleva a Acuerdo plenario:
INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
En relación con el expediente relativo a la aprobación de la modificación de créditos n.º
13/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario en cumplimiento de la
Providencia de Alcaldía de fecha 21/03/2025, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de
conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, con base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. El Servicio de Cultura presentó su propuesta en la que argumentaba la necesidad
de tramitar el procedimiento para llevar a cabo la modificación de Créditos, en su modalidad de
Créditos Extraordinarios, con Cargo Al Remanente Líquido de Tesorería.
SEGUNDO. Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio
siguiente y para los que no existe crédito, la alcaldía, mediante providencia, incoó expediente para la
concesión de crédito extraordinario financiado con remanente líquido de tesorería.
TERCERO. Se emitió Memoria de la Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de
modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.
CUARTO. Se emitió informe Jurídico sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a
seguir.
Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza, 8, Trujillo. 10200 (Cáceres). Tfno. 927321050. Fax: 927659084
Cód.
Validación:
634HPQQMX5R4FY5NXTD4F5ZWX
Verificación:
https://trujillo.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de abril de 2025
N.º 0067
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DOÑA JULIA MARTÍN GARCÍA OLIVA, SECRETARIA GENERAL DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE TRUJILLO (CÁCERES).
C E R T I F I C O:
PRIMERO.- Que el Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada
el día 2 de abril de 2025, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
PUNTO 4º.- Aprobar la modificación de crédito nº.13 en la modalidad de crédito
extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos
generales.
La Comisión Informativa Permanente de Hacienda, Economía y Patrimonio,
en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2025, dictaminó
FAVORABLEMENTE la adopción de la propuesta de acuerdo que antecede, y que
mediante resolución de la Corporación Local se eleva a Acuerdo plenario:
INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
En relación con el expediente relativo a la aprobación de la modificación de créditos n.º
13/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario en cumplimiento de la
Providencia de Alcaldía de fecha 21/03/2025, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de
conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, con base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. El Servicio de Cultura presentó su propuesta en la que argumentaba la necesidad
de tramitar el procedimiento para llevar a cabo la modificación de Créditos, en su modalidad de
Créditos Extraordinarios, con Cargo Al Remanente Líquido de Tesorería.
SEGUNDO. Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio
siguiente y para los que no existe crédito, la alcaldía, mediante providencia, incoó expediente para la
concesión de crédito extraordinario financiado con remanente líquido de tesorería.
TERCERO. Se emitió Memoria de la Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de
modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.
CUARTO. Se emitió informe Jurídico sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a
seguir.
Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza, 8, Trujillo. 10200 (Cáceres). Tfno. 927321050. Fax: 927659084
Cód.
Validación:
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Lunes, 7 de abril de 2025
N.º 0067
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