Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2025-1623)
BOP-2025-1623 EXTRACTO Convocatoria ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias para 2025.
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1.
5) Unidades familiares formadas por cinco personas: 1.200 euros.
6) Unidades familiares formadas por seis personas: 1.300 euros.
7) Unidades familiares formadas por siete personas: 1.400 euros.
8) Unidades familiares formadas por ocho personas: 1.600 euros.
9) Unidades familiares formadas por nueve personas: 1.700 euros.
10) Unidades familiares formadas por diez o más personas: 1.800 euros.
Los gastos de asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubiertos por el Sistema Público de
salud: 1.500 euros, con excepción del transporte para tratamiento que se abonará a 0,25 euros
el kilómetro.
Los gastos destinados a una necesidad crítica: 2.010 euros. Se establece un importe máximo
por todos los conceptos de 2.950 euros.
En cuanto a los importes de las ayudas propiamente dichas, son los que se establecen tanto en
la Orden, como en el Anexo I de la Resolución para los gastos en instalaciones, equipamiento
básico u otros útiles de primera necesidad de la vivienda habitual.
ANEXO I
CUANTÍAS MÁXIMAS
a) CUANTÍA MÁXIMA POR TODOS LOS CONCEPTOS: 1.600 euros
b) CUANTÍAS MÁXIMAS POR CADA CONCEPTO:
Gastos de mobiliario básico:
CONCEPTOS CUANTÍA MÁXIMA
Mesa 110 €
Silla 55 €
Sillón 110 €
Sofá 270 €
CVE:
BOP-2025-1623
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de abril de 2025
N.º 0066
Pág. 7588
5) Unidades familiares formadas por cinco personas: 1.200 euros.
6) Unidades familiares formadas por seis personas: 1.300 euros.
7) Unidades familiares formadas por siete personas: 1.400 euros.
8) Unidades familiares formadas por ocho personas: 1.600 euros.
9) Unidades familiares formadas por nueve personas: 1.700 euros.
10) Unidades familiares formadas por diez o más personas: 1.800 euros.
Los gastos de asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubiertos por el Sistema Público de
salud: 1.500 euros, con excepción del transporte para tratamiento que se abonará a 0,25 euros
el kilómetro.
Los gastos destinados a una necesidad crítica: 2.010 euros. Se establece un importe máximo
por todos los conceptos de 2.950 euros.
En cuanto a los importes de las ayudas propiamente dichas, son los que se establecen tanto en
la Orden, como en el Anexo I de la Resolución para los gastos en instalaciones, equipamiento
básico u otros útiles de primera necesidad de la vivienda habitual.
ANEXO I
CUANTÍAS MÁXIMAS
a) CUANTÍA MÁXIMA POR TODOS LOS CONCEPTOS: 1.600 euros
b) CUANTÍAS MÁXIMAS POR CADA CONCEPTO:
Gastos de mobiliario básico:
CONCEPTOS CUANTÍA MÁXIMA
Mesa 110 €
Silla 55 €
Sillón 110 €
Sofá 270 €
CVE:
BOP-2025-1623
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de abril de 2025
N.º 0066
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