Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portezuelo. (BOP-2025-1616)
BOP-2025-1616 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora Tasa del servicio de agua a domicilio.
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Por acuerdo de Pleno municipal, se podrán adoptar medidas de restricción en épocas de
sequía estival y otros motivos de interés general, estableciendo topes para el riego de jardines
particulares. A solicitud particular, el Pleno podrá conceder conexiones a la red de suministro,
para parcelas fuera del casco urbano señalado en las Normas Urbanísticas de Portezuelo, de
conformidad con las siguientes normas:
El contador deberá colocarse dentro del casco urbano preferentemente. Sólo en caso
de imposibilidad, el Pleno acordará el punto más idóneo. Cada contador irá dotado de
llave de corte general en arqueta cerrada.
Estas concesiones se harán condicionadas al exceso de agua o aguas sobrantes del
suministro domiciliario, pudiendo el Pleno suspender temporalmente el suministro a
todas las parcelas en suelo rústico en épocas de escasez.
Las concesiones deberán realizarse obligatoriamente con tuberías de 3/4" y las
conducciones deberán discurrir por terrenos públicos, quedando prohibido cruzar
terrenos de particulares, si previamente no se ha instalado un contador. Se establece un
DERECHO DE ENGANCHE de 120,20 € para esta concesiones.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente modificación fue aprobada por Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el
6 de febrero de 2025, y entrará en vigor una vez haya sido aprobada definitivamente por el
Ayuntamiento y publicado su texto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres,
comenzando a regir con efectos desde el día siguiente a su publicación, y continuará vigente
en tanto no se acuerde su modificación o derogación.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Portezuelo, 1 de abril de 2025
Ángel Iglesias Gómez
ALCALDE
CVE:
BOP-2025-1616
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de abril de 2025
N.º 0066
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