Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-1591)
BOP-2025-1591 Convocatoria Pruebas selectivas bolsa de trabajo temporal de Técnicos/as de Formación para el empleo para el desarrollo del proyecto EFESO INNOVA.
30 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Las personas aspirantes podrán acogerse a las exenciones y
bonificaciones fiscales, que seguidamente serán señalados, debiendo
en estos casos acompañar a su solicitud, además del documento
justificativo del pago de los derechos de examen, la documentación
acreditativa de la situación que le permite acogerse a los mismos,
siendo causa de exclusión del proceso selectivo, el no abonar los
derechos de examen o hacerlo en cuantía reducida sin aportar la
documentación exigida.
1) Exenciones fiscales.
Estarán exentos/as de abonar derechos de examen:
•Las personas que tengan reconocida por la Administración
Pública competente un grado de discapacidad igual o superior al
33 por 100 (La discapacidad se acredita con certificación expedida
por el IMSERSO u órgano competente de las Comunidades
Autónomas).
•Los/as aspirantes que pertenezcan a una unidad familiar cuyos
ingresos totales sean iguales o inferiores a 1,2304 veces la cuantía
del Indicador Público de Renta con Efectos Múltiples –IPREM-
referido a 14 mensualidades. (Para acogerse a esta exención la
persona solicitante deberá acompañar una DECLARACIÓN
RESPONSABLE, utilizando el modelo que se encuentra en la sede
electrónica del Ayuntamiento de Cáceres, https://sede.caceres.es
en el apartado “tramitación”, y para su cumplimentación deberá
tener en cuenta los siguientes aspectos:
La cuantía del IPREM correspondiente a 2024 en 14 mensualidades es
8.400 euros.
Para el cálculo de la cuantía familiar se tendrá en cuenta la suma de las
rentas percibidas por cada uno de los miembros de la unidad familiar,
referidas al año natural anterior al del último día fijado para la
presentación de solicitudes. Si se hubieran percibido indemnizaciones,
becas, premios o cuantías que procediera prorratear, se tendrá en
cuenta la parte correspondiente al año objeto de valoración.
Concepto de Unidad Familiar:
A los efectos del cálculo de ingresos para esta exención, se entiende
por unidad familiar la formada por la persona solicitante y, en su
caso, su cónyuge o pareja de hecho, así como los/as descendientes
de uno/a u otro/a, incluyéndose los casos de adopción, tutela o
CVE:
BOP-2025-1591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de abril de 2025
N.º 0066
Pág. 7482
bonificaciones fiscales, que seguidamente serán señalados, debiendo
en estos casos acompañar a su solicitud, además del documento
justificativo del pago de los derechos de examen, la documentación
acreditativa de la situación que le permite acogerse a los mismos,
siendo causa de exclusión del proceso selectivo, el no abonar los
derechos de examen o hacerlo en cuantía reducida sin aportar la
documentación exigida.
1) Exenciones fiscales.
Estarán exentos/as de abonar derechos de examen:
•Las personas que tengan reconocida por la Administración
Pública competente un grado de discapacidad igual o superior al
33 por 100 (La discapacidad se acredita con certificación expedida
por el IMSERSO u órgano competente de las Comunidades
Autónomas).
•Los/as aspirantes que pertenezcan a una unidad familiar cuyos
ingresos totales sean iguales o inferiores a 1,2304 veces la cuantía
del Indicador Público de Renta con Efectos Múltiples –IPREM-
referido a 14 mensualidades. (Para acogerse a esta exención la
persona solicitante deberá acompañar una DECLARACIÓN
RESPONSABLE, utilizando el modelo que se encuentra en la sede
electrónica del Ayuntamiento de Cáceres, https://sede.caceres.es
en el apartado “tramitación”, y para su cumplimentación deberá
tener en cuenta los siguientes aspectos:
La cuantía del IPREM correspondiente a 2024 en 14 mensualidades es
8.400 euros.
Para el cálculo de la cuantía familiar se tendrá en cuenta la suma de las
rentas percibidas por cada uno de los miembros de la unidad familiar,
referidas al año natural anterior al del último día fijado para la
presentación de solicitudes. Si se hubieran percibido indemnizaciones,
becas, premios o cuantías que procediera prorratear, se tendrá en
cuenta la parte correspondiente al año objeto de valoración.
Concepto de Unidad Familiar:
A los efectos del cálculo de ingresos para esta exención, se entiende
por unidad familiar la formada por la persona solicitante y, en su
caso, su cónyuge o pareja de hecho, así como los/as descendientes
de uno/a u otro/a, incluyéndose los casos de adopción, tutela o
CVE:
BOP-2025-1591
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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