Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Holguera. (BOP-2025-1549)
BOP-2025-1549 Delegación de Competencias.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Holguera
EDICTO. Delegación de Competencias.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente Delegación de Competencias del/a
Alcalde/sa se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44
del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
PRIMERO. Delegar en D.ª Lorena Iglesias Lindo, el ejercicio de la atribución de la Alcaldía
relativa a la licencia de obras solicitada por D.ª Adriana Sánchez Calvo.
SEGUNDO. Imponer al/a delegado/a la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, en
todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones
dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de
trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre.
TERCERO. Establecer que los actos dictados por el/a delegado/a en ejercicio de las
atribuciones que le han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que
se considerarán dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento.
No obstante, se confiere al órgano delegado la potestad para la resolución de los recursos de
reposición contra los actos dictados por sí mismo.
CUARTO. Comunicar la presente resolución al/a delegado/a.
QUINTO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
SEXTO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que éste celebre, del
contenido de la delegación.
SÉPTIMO. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las
reglas que para la delegación de competencias del/a Alcalde/sa se prevén en la Ley 7/1985, de
CVE:
BOP-2025-1549
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de abril de 2025
N.º 0065
Pág. 7371