Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2025-1546)
BOP-2025-1546 Aprobación definitiva Estudio de Detalle.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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SEGUNDO. Depositar una copia del Estudio de Detalle en el Registro Único de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura con anterioridad a su publicación.
TERCERO. Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín
Oficial de la Provincia [y en la sede electrónica del Ayuntamiento].
CUARTO. Notificar el presente Acuerdo a los/as propietarios/as y demás interesados/as
directamente afectados/as por el Estudio de Detalle.”
Contra el presente Acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que
aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-
administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Cáceres con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al
de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
Ceclavín, 31 de marzo de 2025
Arturo González Macías
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-1546
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de abril de 2025
N.º 0065
Pág. 7362
Ordenación del Territorio de Extremadura con anterioridad a su publicación.
TERCERO. Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín
Oficial de la Provincia [y en la sede electrónica del Ayuntamiento].
CUARTO. Notificar el presente Acuerdo a los/as propietarios/as y demás interesados/as
directamente afectados/as por el Estudio de Detalle.”
Contra el presente Acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que
aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-
administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Cáceres con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al
de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
Ceclavín, 31 de marzo de 2025
Arturo González Macías
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-1546
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de abril de 2025
N.º 0065
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