Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2025-1492)
BOP-2025-1492 Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del Servicio de Recogida Domiciliaria de Basura.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Acehúche
imputables al sujeto pasivo, el servicio público, la actividad administrativa o el
derecho a la utilización del servicio no se preste, desarrollo o no pueda utilizarse por
el usuario, procederá la devolución del importe correspondiente al tiempo de
suspensión del servicio, o a la imposibilidad de su utilización.
Artículo 7. Administración y Cobranza.-
1 . Anualmente se formará un padrón en el que figurarán los
contribuyentes afectados y las cuotas respectivas que se liquiden por aplicación de
la presente Ordenanza, el cual será expuesto al público por quince días a efectos de
reclamaciones previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y por pregones y
edictos de la forma acostumbrada en la localidad.
2.Transcurrido el plazo de exposición al público, el Ayuntamiento
resolverá sobre reclamaciones presentadas y aprobará definitivamente el padrón
que servirá de base para los documentos cobratorios correspondientes.
3.- Las bajas deberán cursarse a lo más tardar, el último día laborable del
respectivo periodo para surtir efectos a partir del siguiente. Quienes incumplan tal obligación
estarán sujetos al pago de la exacción.
4.- Las altas que se produzcan dentro del ejercicio surtirán efectos desde
la fecha en que nazca la obligación de contribuir, por la administración que
procederá a notificar a los sujetos pasivos la liquidación correspondiente al alta en el
padrón, con expresión de:
a) Los elementos esenciales de la liquidación
b) Los medios de impugnación que puedan ser ejercitados, con
indicación de plazo y organismos en que habrá de ser
interpuestos.
c) Lugar, plazo y forma en que debe ser satisfecha la deuda
tributaria.
5.- La tasa por prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras
se devengará anualmente, cobrándose de una sola vez, aproximadamente a finales
del mes de octubre. Transcurrido el periodo voluntario sin haberse hecho efectivo su
ingreso, pasará a ejecutiva, recaudándose en este caso por el Organismo Autónomo
de Recaudación y Gestión Tributaria.
Artículo 8.- Partidas fallidas.-
Se considerarán partidas fallidas o créditos incobrables aquellas cuotas que no
hayan podido hacerse efectivas por el procedimiento de apremio, para cuya declaración se
formalizará el oportuno expediente de acuerdo con lo previsto en el vigente Reglamento
General de Recaudación.
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
Cód.
Validación:
7QMGXFQRKETPPAG6X7JHDH95J
Verificación:
https://acehuche.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
4
CVE:
BOP-2025-1492
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de abril de 2025
N.º 0063
Pág. 7162
imputables al sujeto pasivo, el servicio público, la actividad administrativa o el
derecho a la utilización del servicio no se preste, desarrollo o no pueda utilizarse por
el usuario, procederá la devolución del importe correspondiente al tiempo de
suspensión del servicio, o a la imposibilidad de su utilización.
Artículo 7. Administración y Cobranza.-
1 . Anualmente se formará un padrón en el que figurarán los
contribuyentes afectados y las cuotas respectivas que se liquiden por aplicación de
la presente Ordenanza, el cual será expuesto al público por quince días a efectos de
reclamaciones previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y por pregones y
edictos de la forma acostumbrada en la localidad.
2.Transcurrido el plazo de exposición al público, el Ayuntamiento
resolverá sobre reclamaciones presentadas y aprobará definitivamente el padrón
que servirá de base para los documentos cobratorios correspondientes.
3.- Las bajas deberán cursarse a lo más tardar, el último día laborable del
respectivo periodo para surtir efectos a partir del siguiente. Quienes incumplan tal obligación
estarán sujetos al pago de la exacción.
4.- Las altas que se produzcan dentro del ejercicio surtirán efectos desde
la fecha en que nazca la obligación de contribuir, por la administración que
procederá a notificar a los sujetos pasivos la liquidación correspondiente al alta en el
padrón, con expresión de:
a) Los elementos esenciales de la liquidación
b) Los medios de impugnación que puedan ser ejercitados, con
indicación de plazo y organismos en que habrá de ser
interpuestos.
c) Lugar, plazo y forma en que debe ser satisfecha la deuda
tributaria.
5.- La tasa por prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras
se devengará anualmente, cobrándose de una sola vez, aproximadamente a finales
del mes de octubre. Transcurrido el periodo voluntario sin haberse hecho efectivo su
ingreso, pasará a ejecutiva, recaudándose en este caso por el Organismo Autónomo
de Recaudación y Gestión Tributaria.
Artículo 8.- Partidas fallidas.-
Se considerarán partidas fallidas o créditos incobrables aquellas cuotas que no
hayan podido hacerse efectivas por el procedimiento de apremio, para cuya declaración se
formalizará el oportuno expediente de acuerdo con lo previsto en el vigente Reglamento
General de Recaudación.
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
Cód.
Validación:
7QMGXFQRKETPPAG6X7JHDH95J
Verificación:
https://acehuche.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
4
CVE:
BOP-2025-1492
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de abril de 2025
N.º 0063
Pág. 7162