Sección VI - Anuncios particulares. Comunidades de Regantes. Comunidad de Regantes de Valdecañas. (BOP-2025-1487)
BOP-2025-1487 Cuota General, Decretos y Obras año 2025.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El abono de esta cuota podrá hacerse en PERIODO VOLUNTARIO (art. 68 RD 939/2005,
Reglamento General de Recaudación, BOE n.º 210 DE 2-9) hasta el 02-mayo de 2025
inclusive. A partir de entonces la cantidad debida será incrementada en un 4% en aplicación
del acuerdo adoptado en Junta General el 31/03/2016.
Finalmente se informa que si la cuota no se satisficiera antes del 02 - junio -2025 inclusive, se
exigirá por la vía de apremio, junto con los intereses, costas y recargos que se devenguen,
todo ello conforme al art. 161 de la Ley 58/2003, de 17-12, General Tributaria y demás
preceptos concordantes.
Si el/a interesado/a no hubiera domiciliado este pago, podrá hacerlo efectivo en las cuentas de
las que es titular esta Comunidad de Regantes en las oficinas en Casatejada de las entidades
colaboradoras UNICAJA, BANCO SANTANDER, CAJA RURAL o en las de Navalmoral de la
Mata de ABANCA, IBERCAJA o CAJA MAR en Plasencia.
Esta liquidación podrá impugnarse mediante RECURSO DE REPOSICIÓN que deberá
interponerse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de esta publicación y
dirigir a la Junta de Gobierno de esta Comunidad, sin perjuicio del ejercicio de cualquier otro
que considere oportuno y quepa en Derecho.
Cualquier aclaración será atendida en las oficinas de la Comunidad, sitas en Travesía San
Juan, 1-1.º, - 10390 - Saucedilla (Cáceres), Telf. 927545042, en el horario de 9:00 a 14:00
horas, de lunes a viernes, o mediante e-mail:
general@crvaldecanas.com
Saucedilla, 25 de marzo de 2025
Primitivo Gómez Pascual
PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-1487
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de marzo de 2025
N.º 0062
Pág. 7149
Reglamento General de Recaudación, BOE n.º 210 DE 2-9) hasta el 02-mayo de 2025
inclusive. A partir de entonces la cantidad debida será incrementada en un 4% en aplicación
del acuerdo adoptado en Junta General el 31/03/2016.
Finalmente se informa que si la cuota no se satisficiera antes del 02 - junio -2025 inclusive, se
exigirá por la vía de apremio, junto con los intereses, costas y recargos que se devenguen,
todo ello conforme al art. 161 de la Ley 58/2003, de 17-12, General Tributaria y demás
preceptos concordantes.
Si el/a interesado/a no hubiera domiciliado este pago, podrá hacerlo efectivo en las cuentas de
las que es titular esta Comunidad de Regantes en las oficinas en Casatejada de las entidades
colaboradoras UNICAJA, BANCO SANTANDER, CAJA RURAL o en las de Navalmoral de la
Mata de ABANCA, IBERCAJA o CAJA MAR en Plasencia.
Esta liquidación podrá impugnarse mediante RECURSO DE REPOSICIÓN que deberá
interponerse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de esta publicación y
dirigir a la Junta de Gobierno de esta Comunidad, sin perjuicio del ejercicio de cualquier otro
que considere oportuno y quepa en Derecho.
Cualquier aclaración será atendida en las oficinas de la Comunidad, sitas en Travesía San
Juan, 1-1.º, - 10390 - Saucedilla (Cáceres), Telf. 927545042, en el horario de 9:00 a 14:00
horas, de lunes a viernes, o mediante e-mail:
general@crvaldecanas.com
Saucedilla, 25 de marzo de 2025
Primitivo Gómez Pascual
PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-1487
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de marzo de 2025
N.º 0062
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