Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2025-1473)
BOP-2025-1473 Resolución de aprobados/as y requerimiento de documentación original de la convocatoria de Veinte plazas de Auxiliar de Enfermería/Técnico (Atención Personas situación dependencia).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Cáceres y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, para mayor difusión,
cuya dirección es:
https://arroyodelaluz.sedelectronica.es/board
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CUARTO: Los aspirantes que se encuentren en la relación de aprobados/as presentarán dentro del
plazo de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la relación de aprobados, los
documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:
a) DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países miembros de la
Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes
que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español/a o del
nacional de la Unión Europea con el que existe el vínculo, de que no está separado de derecho
de su cónyuge.
c) Original del título exigido en las bases específicas. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o
convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para el desempeño de las funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala,
subescala, clase y categoría de funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a.
Los/las nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o
en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
e) Concurso: copia auténtica de todos los méritos que hayan sido objeto de puntuación, en caso
de no haberse presentado esta en un momento previo.
La falta de presentación de la documentación dentro del plazo indicado, excepto en los casos de fuerza
mayor, o cuando de la presentación de los documentos se desprenda el incumplimiento de los
requisitos de la convocatoria, o supuestos de falsedad en la declaración, dará lugar a la invalidez de las
actuaciones del aspirante. En este sentido comportará la nulidad subsiguiente de los actos del tribunal
en cuanto al aspirante y la imposibilidad de nombrar al aspirante, sin perjuicio de las otras
responsabilidades en que haya podido incurrir.
En este caso la propuesta se considerará hecha en favor de los/as aspirantes, ordenados/as de acuerdo
con la puntuación obtenida que, habiendo superado la totalidad de las pruebas selectivas, tuvieron
cabida en el número de plazas convocadas.
TERCERO: Concluido el proceso selectivo, una vez superado y aportada la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa comprobación de la
documentación presentada, el titular será declarado/a personal laboral fijo, por el titular del órgano
competente, en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la relación de aprobados/as.
Cód.
Validación:
C2AMCJ5PJKGHXLEATSHMWHCCW
Verificación:
https://arroyodelaluz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-1473
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de marzo de 2025
N.º 0062
Pág. 7076
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CUARTO: Los aspirantes que se encuentren en la relación de aprobados/as presentarán dentro del
plazo de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la relación de aprobados, los
documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:
a) DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países miembros de la
Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes
que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español/a o del
nacional de la Unión Europea con el que existe el vínculo, de que no está separado de derecho
de su cónyuge.
c) Original del título exigido en las bases específicas. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o
convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para el desempeño de las funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala,
subescala, clase y categoría de funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a.
Los/las nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o
en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
e) Concurso: copia auténtica de todos los méritos que hayan sido objeto de puntuación, en caso
de no haberse presentado esta en un momento previo.
La falta de presentación de la documentación dentro del plazo indicado, excepto en los casos de fuerza
mayor, o cuando de la presentación de los documentos se desprenda el incumplimiento de los
requisitos de la convocatoria, o supuestos de falsedad en la declaración, dará lugar a la invalidez de las
actuaciones del aspirante. En este sentido comportará la nulidad subsiguiente de los actos del tribunal
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responsabilidades en que haya podido incurrir.
En este caso la propuesta se considerará hecha en favor de los/as aspirantes, ordenados/as de acuerdo
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cabida en el número de plazas convocadas.
TERCERO: Concluido el proceso selectivo, una vez superado y aportada la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa comprobación de la
documentación presentada, el titular será declarado/a personal laboral fijo, por el titular del órgano
competente, en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la relación de aprobados/as.
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