Sección III - Administración del Estado. Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible. Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura. (BOP-2025-1463)
BOP-2025-1463 Resolución de aprobación del Expediente de Información Pública del Proyecto de Trazado del Modificado n.º 1 obra clave: 12-CC-3590.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
a.
b.
c.
d.
e.
declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación
de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de
ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.
3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura que:
Notifique la presente resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la
Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en
el “Boletín Oficial del Estado”.
Publique la Resolución de aprobación en la sede electrónica del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible.
Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura la incoación del
expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras,
teniendo en cuenta, en su caso, lo indicado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, modificado por la Ley 11/1996 de 27 de diciembre.
Corregir la relación de bienes y derechos con las modificaciones y especificaciones
puestas de manifiesto en el expediente de información pública relativos a modificación
de datos del titular de la parcela o modificación de superficie con el fin de componer
una relación de bienes y derechos que recoja el resultado de la información pública.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de
reposición ante la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en el
plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial del Estado,sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta
que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de
reposición interpuesto.
Es por ello que, en virtud de lo dispuesto en dicha Resolución de aprobación, la misma se
publica en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible:
CVE:
BOP-2025-1463
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de marzo de 2025
N.º 0061
Pág. 7038
b.
c.
d.
e.
declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación
de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de
ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.
3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura que:
Notifique la presente resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la
Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en
el “Boletín Oficial del Estado”.
Publique la Resolución de aprobación en la sede electrónica del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible.
Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura la incoación del
expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras,
teniendo en cuenta, en su caso, lo indicado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, modificado por la Ley 11/1996 de 27 de diciembre.
Corregir la relación de bienes y derechos con las modificaciones y especificaciones
puestas de manifiesto en el expediente de información pública relativos a modificación
de datos del titular de la parcela o modificación de superficie con el fin de componer
una relación de bienes y derechos que recoja el resultado de la información pública.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de
reposición ante la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en el
plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial del Estado,sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta
que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de
reposición interpuesto.
Es por ello que, en virtud de lo dispuesto en dicha Resolución de aprobación, la misma se
publica en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible:
CVE:
BOP-2025-1463
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de marzo de 2025
N.º 0061
Pág. 7038