Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. (BOP-2025-1462)
BOP-2025-1462 AT-8984-1. Expropiación Forzosa. Nueva línea aérea de alta tensión 45 kV, entre la ST "Plasencia" y el apoyo 5088 de la línea aérea de alta tensión "Jaraíz" en los tt.mm. de Plasencia, Malpartida de Plasencia y Gargüera (Cáceres)".
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Sección II - Administración Autonómica
Junta de Extremadura
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
ANUNCIO. AT-8984-1. Expropiación Forzosa. Nueva línea aérea de alta tensión
45 kV, entre la ST "Plasencia" y el apoyo 5088 de la línea aérea de alta tensión
"Jaraíz" en los tt.mm. de Plasencia, Malpartida de Plasencia y Gargüera
(Cáceres)".
Anuncio del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de
Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
sobre convocatoria de actas previas a la ocupación del expte.: AT-8984-1.
Por tener concedido el proyecto de i-De Redes Eléctricas Inteligentes, SAU., denominado
“Nueva línea aérea de alta tensión 45 kV, entre la ST “Plasencia” y el apoyo 5088 de la línea
aérea de alta tensión “Jaraíz” en los términos municipales de Plasencia, Malpartida de
Plasencia y Gargüera (Cáceres)”, registrado con el número AT- 8984-1, la declaración de
Utilidad Pública por Resolución del Servicio Ordenación Industrial, Energética y Minera, de
fecha 26-01-2024 publicada en el D.O.E. Nº 27 de fecha 7-02-2024 y, de conformidad con el
artº. 56 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que establece que la
declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y
derechos afectados e implica la Urgente Ocupación a los efectos establecidos en el artº. 52 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Este Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, convoca a los titulares de los
bienes y derechos afectados que figuran en relación adjunta para que comparezcan el día,
hora y lugar señalados al final del presente escrito (y en dicha relación), para desde allí
trasladarse posteriormente al terreno, si fuera necesario, y proceder al levantamiento de las
Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas.
A dicho acto deberán asistir los afectados, personalmente o bien representados por persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de
su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si
lo estiman oportuno, de Peritos y Notario.
CVE:
BOP-2025-1462
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de marzo de 2025
N.º 0061
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