Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro. (BOP-2025-1460)
BOP-2025-1460 Bases y convocatoria para la constitución de una Bolsa de Empleo Temporal de Arquitecto/a Técnico/a Municipal.
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presenten por los aspirantes, deberán ir acompañadas de la equivalencia de títulos declarada
por la autoridad académica competente (Ministerio de Educación u organismo competente). El
órgano de selección establecerá, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la
realización de las pruebas selectivas de las personas que a consecuencia de su diversidad
funcional así lo manifiesten en su solicitud de participación. Para ello, deberán presentar
certificación del órgano competente de las Comunidades Autónomas o de la Administración del
Estado, que acredite su grado de diversidad funcional así como la compatibilidad en el
cumplimiento de las funciones de la plaza objeto de la presente convocatoria. El Órgano
Técnico de Selección aplicará las adaptaciones de tie mpo previstas en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación
de tiempo adicional en los procesos selectivos para el acceso a la ocupación pública de
personas con discapacidad.
A este efecto, de acuerdo con el artículo 4.2.del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social, tendrán la consideración de personas con
discapacidad aquellos que se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al
33%. En todo caso, se consideran afectados por la minusvalía en grado igual o superior al 33%
los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad
permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases
pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación por incapacidad permanente para el
servicio.
CUARTA.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN ANEXA
4.1. Instancias.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al
Presidente de la Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro, presentándose en el Registro
General de Entrada de la misma o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones
Públicas (LPACAP), debiéndose utilizar la instancia modelo facilitada para este procedimiento
selectivo( Anexo I) y que se hará pública y estará a disposición de los/las interesados/as en la
página web de la Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro.
Las instancias solicitando formar parte del proceso selectivo deberán estar debidamente
cumplimentadas y reunirán los requisitos genéricos establecidos en el artículo 66.1 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre (LPACAP), así como lo establecido en el artículo 69 del mismo texto,
para ser admitidos/as y tomar parte en las pruebas selectivas, los/as solicitantes deberán
manifestar en sus instancias que conocen las bases y que reúnen todos los requisitos exigidos,
referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de
instancias, así como que se dispone de la documentación original que así lo acredita y que la
pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida.
El modelo de instancia solicitando participar en el proceso selectivo, se acompañará la
siguiente documentación:
1. Copia del Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente acreditativo
de la identidad de la persona aspirante a los efectos de acreditar los requisitos de
edad y nacionalidad, anverso y reverso en vigor.
2. Copia de la titulación académica, o justificante de haber pagado los derechos de
expedición, sin perjuicio de su posterior presentación que les habilita para el
desempeño de la plaza solicitada.
3. Resguardo justificativo de haber abonado los derechos de examen. En el
documento de ingreso de los derechos de examen constará el nombre del aspirante
y la plaza a la que se opta. En el supuesto de aspirantes con discapacidad deberán
hacerlo constar en la solicitud con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y
medio necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de
participantes.
4.2. Derechos de examen.- Los derechos de examen, se fijan en 50,00 euros para todos los
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