Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2025-1436)
BOP-2025-1436 Aprobación inicial del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
+ La promoción de estrategias de sensibilización respecto a los intereses y diferentes grupos
de población.
+ Promover la integración social y no discriminación.
+ Promover los principios de igualdad y de solidaridad.
+ Promover los valores en el ejercicio de ocio y tiempo libre.
+ Promoción de manifestaciones culturales en todos los ámbitos.
+ Promoción del bienestar animal
I.4.- Principios básicos en materia de subvenciones.
La acción de fomento que se ha de materializar en la concesión de la subvención y que deberá
ser otorgada por el órgano competente, se realizará de conformidad con lo establecido en la Ley
General de Subvenciones, su reglamento de desarrollo y demás normativa, y sobre los siguientes
principios básicos:
a) Principio de publicidad y transparencia. Este principio se materializa en la convocatoria
previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la
distribución de los fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa, de conformidad
con lo establecido en la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de
ejecución del presupuesto del Ayuntamiento y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas, en los
términos previstos en el artículo 18 de la citada Ley.
b) Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación. Dicho principio se
materializa en la determinación de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios, no restringiendo
el acceso a quienes se encuentren en igual de condiciones, al objeto de la plena satisfacción del interés
general.
c) Principio de objetividad. Dicho principio se materializa en las bases reguladoras y a lo largo
del proceso de concesión.
d) Principio de eficacia y eficiencia. Dichos principios se materializan con la comprobación de
los objetivos, que con carácter general se plasman en este Plan y la eficiencia en la asignación de
recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.
e) Principio de estabilidad y regla de gasto. La concesión de subvenciones se ajustará al
principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de
27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
f) Principio de control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a
los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.
CAPÍTULO II: LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN.
Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico, en el que se
integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento son las siguientes:
Dinamización cultural y educativa
Fomento de la conservacion y defensa del patrimonio histórico local.
Fomento económico y social.
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
Cód.
Validación:
6YSEFY5ZJXZS6XSD3376ZK23S
Verificación:
https://cabanasdelcastillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
7
CVE:
BOP-2025-1436
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de marzo de 2025
N.º 0061
Pág. 6876
+ La promoción de estrategias de sensibilización respecto a los intereses y diferentes grupos
de población.
+ Promover la integración social y no discriminación.
+ Promover los principios de igualdad y de solidaridad.
+ Promover los valores en el ejercicio de ocio y tiempo libre.
+ Promoción de manifestaciones culturales en todos los ámbitos.
+ Promoción del bienestar animal
I.4.- Principios básicos en materia de subvenciones.
La acción de fomento que se ha de materializar en la concesión de la subvención y que deberá
ser otorgada por el órgano competente, se realizará de conformidad con lo establecido en la Ley
General de Subvenciones, su reglamento de desarrollo y demás normativa, y sobre los siguientes
principios básicos:
a) Principio de publicidad y transparencia. Este principio se materializa en la convocatoria
previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la
distribución de los fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa, de conformidad
con lo establecido en la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de
ejecución del presupuesto del Ayuntamiento y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas, en los
términos previstos en el artículo 18 de la citada Ley.
b) Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación. Dicho principio se
materializa en la determinación de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios, no restringiendo
el acceso a quienes se encuentren en igual de condiciones, al objeto de la plena satisfacción del interés
general.
c) Principio de objetividad. Dicho principio se materializa en las bases reguladoras y a lo largo
del proceso de concesión.
d) Principio de eficacia y eficiencia. Dichos principios se materializan con la comprobación de
los objetivos, que con carácter general se plasman en este Plan y la eficiencia en la asignación de
recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.
e) Principio de estabilidad y regla de gasto. La concesión de subvenciones se ajustará al
principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de
27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
f) Principio de control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a
los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.
CAPÍTULO II: LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN.
Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico, en el que se
integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento son las siguientes:
Dinamización cultural y educativa
Fomento de la conservacion y defensa del patrimonio histórico local.
Fomento económico y social.
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
Cód.
Validación:
6YSEFY5ZJXZS6XSD3376ZK23S
Verificación:
https://cabanasdelcastillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
7
CVE:
BOP-2025-1436
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de marzo de 2025
N.º 0061
Pág. 6876