Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-1386)
BOP-2025-1386 Acuerdo Junta de Gobierno Local de Concesión Subvenciones Deportivas 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Plasencia
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante
el CSV: 15704321543721161245 en https://sede.plasencia.es/validacion
Referencia: 2024/6437C
Procedimiento: Subvenciones de Deportivas 2025
D. VICENTE LOMO DEL OLMO, OFICIAL MAYOR Y SECRETARIO GENERAL EN
FUNCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA.
C E R T I F I C O: Que en la sesión Ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el
día 28 de febrero de 2025 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PROPUESTA DE LA INSTRUCTORA DEL ÓRGANO DE CONCESIÓN DE
SUBVENCIONES DEPORTIVAS 2024 A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.
Vista la Propuesta de aprobación definitiva de la lista de concesión de subvenciones
deportivas para el ejercicio de 2024 a Junta de Gobierno Local, previa fiscalización de la
misma por la Intervención General de fecha del 4 de febrero de 2025.
Visto que en el informe de fiscalización de la anterior propuesta, realizado por Intervención
de fecha del 19 de febrero de 2025, en el que se expresa entre otros asuntos:
“2. Requisitos que no se cumplen:
a. No consta informe jurídico como determinan los artículos 172 y 175 ROF (Art.13.2.c. R.D
424/2017, Art.172 y 175 ROF, Art. 38 BEP., Epígrafe 3.1.3.B.4 del RCIAP). El informe jurídico
existente es el relativo a la fase A del gasto (Aprobación de la bases de la convocatoria y expediente),
debe emitirse el correspondiente a la fase D del gasto (otorgamiento individualizado de las
subvenciones).
CONCLUSIÓN A LA FISCALIZACIÓN. Debe subsanarse la falta del requisito expresado en el
apartado CUARTO.2, del presente informe en virtud del Art. 12.5 R.D 424/2017, de 28 de Abril.”
Visto a su vez el Informe Jurídico del Sr. Secretario General de fecha del 24 de febrero de
2025, que es del tenor literal siguiente:
“INFORME JURÍDICO CONFORME A LOS ARTÍCULOS 172 Y 175 DEL ROF
D. VICENTE LOMO DEL OLMO, COMO SECRETARIO GENERAL TENGO A BIEN EN EMITIR EL
SIGUIENTE INFORME:
Vista la propuesta definitiva de la Concejala e Instructora del Órgano Colegiado de concesión de
subvenciones Deportivas para el ejercicio 2024, Dª. Isabel Blanco González, de fecha del 4 de febrero
de 2025 a Junta de Gobierno Local previa fiscalización de Intervención obrante en el expediente Nº.
2024/6437C..
Visto el Informe de fiscalización de Intervención de fecha del 19 de febrero de 2025, obrante en el
expediente.
Y visto finalmente que se ha comprobado LA EXISTENCIA de la documentación relativa de
REQUISITOS BÁSICOS ADICIONALES.
CVE:
BOP-2025-1386
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de marzo de 2025
N.º 0059
Pág. 6675
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Referencia: 2024/6437C
Procedimiento: Subvenciones de Deportivas 2025
D. VICENTE LOMO DEL OLMO, OFICIAL MAYOR Y SECRETARIO GENERAL EN
FUNCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA.
C E R T I F I C O: Que en la sesión Ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el
día 28 de febrero de 2025 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PROPUESTA DE LA INSTRUCTORA DEL ÓRGANO DE CONCESIÓN DE
SUBVENCIONES DEPORTIVAS 2024 A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.
Vista la Propuesta de aprobación definitiva de la lista de concesión de subvenciones
deportivas para el ejercicio de 2024 a Junta de Gobierno Local, previa fiscalización de la
misma por la Intervención General de fecha del 4 de febrero de 2025.
Visto que en el informe de fiscalización de la anterior propuesta, realizado por Intervención
de fecha del 19 de febrero de 2025, en el que se expresa entre otros asuntos:
“2. Requisitos que no se cumplen:
a. No consta informe jurídico como determinan los artículos 172 y 175 ROF (Art.13.2.c. R.D
424/2017, Art.172 y 175 ROF, Art. 38 BEP., Epígrafe 3.1.3.B.4 del RCIAP). El informe jurídico
existente es el relativo a la fase A del gasto (Aprobación de la bases de la convocatoria y expediente),
debe emitirse el correspondiente a la fase D del gasto (otorgamiento individualizado de las
subvenciones).
CONCLUSIÓN A LA FISCALIZACIÓN. Debe subsanarse la falta del requisito expresado en el
apartado CUARTO.2, del presente informe en virtud del Art. 12.5 R.D 424/2017, de 28 de Abril.”
Visto a su vez el Informe Jurídico del Sr. Secretario General de fecha del 24 de febrero de
2025, que es del tenor literal siguiente:
“INFORME JURÍDICO CONFORME A LOS ARTÍCULOS 172 Y 175 DEL ROF
D. VICENTE LOMO DEL OLMO, COMO SECRETARIO GENERAL TENGO A BIEN EN EMITIR EL
SIGUIENTE INFORME:
Vista la propuesta definitiva de la Concejala e Instructora del Órgano Colegiado de concesión de
subvenciones Deportivas para el ejercicio 2024, Dª. Isabel Blanco González, de fecha del 4 de febrero
de 2025 a Junta de Gobierno Local previa fiscalización de Intervención obrante en el expediente Nº.
2024/6437C..
Visto el Informe de fiscalización de Intervención de fecha del 19 de febrero de 2025, obrante en el
expediente.
Y visto finalmente que se ha comprobado LA EXISTENCIA de la documentación relativa de
REQUISITOS BÁSICOS ADICIONALES.
CVE:
BOP-2025-1386
Verificable
en:
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Miércoles, 26 de marzo de 2025
N.º 0059
Pág. 6675