Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabrero. (BOP-2025-1372)
BOP-2025-1372 Explotación Barra Cerezo en Flor 2025.
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AYUNTAMIENTO DE CABRERO
Corresponde al/a la autorizado/a, seleccionado/a en los términos de las presentes bases, la
instalación y explotación a su riesgo y ventura de la barra de bar, así como los gastos de montaje
y desmontaje, sin que ello comporte ningún gasto para el Ayuntamiento de Cabrero.
SEGUNDA. Naturaleza de la autorización
La autorización municipal consiste en una licencia de uso común especial de bien de dominio
público conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio,
por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 77.2 del precitado Real Decreto 1372/1986, teniendo
en cuenta que el número de licencias es limitado, deberá acudirse a la licitación de la misma.
La licencia demanial se concederá salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros y
respetando los requisitos preceptivos para el desarrollo de la actividad.
La licencia demanial que es objeto de las presentes bases se otorgará de acuerdo con lo previsto
en las mismas. En todo aquello no previsto en las presentes bases será de aplicación lo dispuesto
en la siguiente normativa:
Artículos 92 y 96 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (en adelante L 33/2003).
Artículo 77 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (en adelante RD 1372/1986).
Artículo 79 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local (en adelante L 7/1985).
De conformidad con el artículo 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante L
9/2017), queda excluida la licencia demanial de la aplicación de la citada ley, siendo de
aplicación en lo no previsto en sus normas especiales los principios de la L 9/2017 para resolver
dudas y lagunas que pudieran presentarse.
PASEO EL CANCHAL CP 10616 TELÉFONO 927 47 81 52 CIF P-1003700-J
Cód.
Validación:
4KX4E23NASQPFG3Z3A4AR329F
Verificación:
https://cabrero.sedelectronica.es/
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instalación y explotación a su riesgo y ventura de la barra de bar, así como los gastos de montaje
y desmontaje, sin que ello comporte ningún gasto para el Ayuntamiento de Cabrero.
SEGUNDA. Naturaleza de la autorización
La autorización municipal consiste en una licencia de uso común especial de bien de dominio
público conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio,
por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 77.2 del precitado Real Decreto 1372/1986, teniendo
en cuenta que el número de licencias es limitado, deberá acudirse a la licitación de la misma.
La licencia demanial se concederá salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros y
respetando los requisitos preceptivos para el desarrollo de la actividad.
La licencia demanial que es objeto de las presentes bases se otorgará de acuerdo con lo previsto
en las mismas. En todo aquello no previsto en las presentes bases será de aplicación lo dispuesto
en la siguiente normativa:
Artículos 92 y 96 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (en adelante L 33/2003).
Artículo 77 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (en adelante RD 1372/1986).
Artículo 79 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local (en adelante L 7/1985).
De conformidad con el artículo 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante L
9/2017), queda excluida la licencia demanial de la aplicación de la citada ley, siendo de
aplicación en lo no previsto en sus normas especiales los principios de la L 9/2017 para resolver
dudas y lagunas que pudieran presentarse.
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