Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2025-1369)
BOP-2025-1369 Resolución de Contratación como Personal Laboral Fijo en el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz en la categoría de Ordenanza-Mantenimiento por el turno de discapacidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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SÉPTIMO. Informar a la representación legal de los trabajadores, mediante
entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
OCTAVO. Constituir la bolsa de trabajo a la que hace referencia la base
decimocuarta de las bases que rigen el proceso de selección quedando del
siguiente modo para el turno de discapacidad:
Identidad del Aspirante NIF
Puntos
TOTALES RESERVA
1 PADILLA PAJARES, JOSÉ MARCELO ***4762** 5,4 RESERVA
2 ALVAREZ SALCEDA, JUSTO ***1855** 0 RESERVA
3 MONTERO LUCAS, Mª CARMEN ***9079** 0 RESERVA
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá
formalizar demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de
Cáceres, a la que acompañará copia de la resolución denegatoria o documento
acreditativo de la interposición o resolución del recurso administrativo, según
proceda, uniendo copia de todo ello para la entidad demandada, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
Jurisdicción Social.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
Cód.
Validación:
7WHG4XYME3GZ6WP4JN2R6624K
Verificación:
https://arroyodelaluz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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3
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CVE:
BOP-2025-1369
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de marzo de 2025
N.º 0059
Pág. 6619
entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
OCTAVO. Constituir la bolsa de trabajo a la que hace referencia la base
decimocuarta de las bases que rigen el proceso de selección quedando del
siguiente modo para el turno de discapacidad:
Identidad del Aspirante NIF
Puntos
TOTALES RESERVA
1 PADILLA PAJARES, JOSÉ MARCELO ***4762** 5,4 RESERVA
2 ALVAREZ SALCEDA, JUSTO ***1855** 0 RESERVA
3 MONTERO LUCAS, Mª CARMEN ***9079** 0 RESERVA
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá
formalizar demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de
Cáceres, a la que acompañará copia de la resolución denegatoria o documento
acreditativo de la interposición o resolución del recurso administrativo, según
proceda, uniendo copia de todo ello para la entidad demandada, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
Jurisdicción Social.
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